Resolución N° 239/023 Dirección General (s)

Derecho de abstención

Visto: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrado de Montevideo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 7° turno, Dra. Alba Corral, para intervenir en la investigación criminal NUNC 2023043523 (SGSP 16523414).

Resultando: Que por razones de decoro y delicadeza, la gestionante solicita se conceda el derecho de abstencion en la causa mencionada en relación al imputado Oscar Omar Gómez Didak, ya que presentó denuncia penal contra él, pues en audiencia, el señor Gómez la amenzó en forma violenta e intimidante.

Considerando: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicha investigación, está contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, promoviendo la plena vigencia del principio de objetividad que debe regir en la actuación de los Fiscales conforme al artículo 10 de la Ley N.º 19.483.

2) Que la Resolucion N.º 868/2017 de 22 de diciembre de 2017 es facultad del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación designar subrogante apartándose del régimen previsto en la Resolución N.º 666/2021 de 17 de setiembre de 2021.

3) Que en virtud de lo expresado, y teniendo en cuenta que se encuentra vacante la titularidad del Fiscal subrogrante natural, corresponde disponer otro fiscal subrogante.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal C, 23 literal B, 58 y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y la Resolución N.º 666/2021 de 17 de setiembre de 2021 y N.º 868/2017 de 22 de diciembre de 2017.

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Conceder el derecho de abstención solicitada por la Fiscal Penal de Montevideo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 7º turno, Dra. Alba Corral en la causa individualizada en el Visto.

2°) Subrogar a la compareciente en la investigación señalada, con la titular de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 2 º turno.

3°) Notificar a las Fiscales Letradas de Montevideo de la Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 2º y 7º turno, Dra. Sylvia Lovesio y Dra. Alba Corral respectivamente.

4°) Comunicar a los Departamentos de Depuración, Priorización y Asignación, SIPPAU, Mesa de Ayuda, Información y Tecnología.

5°) Pasar a Gestión Documental para las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

Descargas

Etiquetas