Resolución N° 249/022 Dirección General (s)
Visto: la conveniencia de ajustar el régimen de trabajo de las Fiscalías a las necesidades de funcionamiento
de la Fiscalía General de la Nación.
Resultando: Que a efectos de reorganizar el servicio y evitar su resentimiento, resulta necesario
proceder a realizar una adecuada distribución de los recursos humanos en distintas sedes fiscales,
disponiendo los traslados correspondientes.
Considerando:
- Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, es competencia del Director General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.
- Que es potestad del proveyente el traslado de fiscales a otras materias, si las necesidades del servicio así lo requieren conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derechos adquiridos (artículo 53 de la ley N.º 19.483).
- Que por Resolución N.º 321/2021 de 10 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas sedes dentro del territorio nacional, así como al momento de determinar el número de integrantes de cada una de ellas, conforme los cuales se dispondrán los traslados objeto de la presentes resolución.
- Que los traslados que se establece en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado o de jerarquía, por lo que los mismos no lesionan derechos adquiridos de los profesionales trasladados ni de otros fiscales.
Atento: a lo expuesto, y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República, artículo 5 literales g) y j) de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b) y 53 de la ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017, Resolución N.º 242/2020 de 19 de mayo de 2020 y Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio 2020;
El Director General (S) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1. Disponer, a partir del día 4 de abril de 2022, los traslado de las Fiscales Letradas que se mencionan a continuación:
Fiscal Letrada Adjunta, Dra. Cecilia Alejandra Tabárez Ifraín de la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 7° turno a la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 8° turno.
Fiscal Letrada Adscripta, Dra. Irene Giuliana Realini Kutscher de la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 1º turno a la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 12° turno.
2. Notificar a las señoras Fiscales Letradas mencionadas en la presente Resolución.
3. Comunicar a las Fiscalía de Flagrancia y Turno de 7° turno y a la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 8° turno.
4. Comunicar a la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 1º turno y a la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 12° turno.
5. Comunicar a la Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, al Área a Soporte IT, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Gestión Humana, y a Sippau.
6. Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (S)