Resolución N° 293/023 Dirección General (s)

Comunicado

Visto: la comunicación vía correo electrónico remitida por el Sr. Fiscal, Dr. Fernando Romano, al Sr. Fiscal de Corte con fecha 16 de marzo de 2023.

Resultando: 1) Que el Sr. Fiscal, Dr. Fernando Romano en la nota remitida, refiere a denuncia presentada por su colega, la Sra. Fiscal, Dra. María Gabriela Fossati, del día 13 de marzo 2023, por la cual somete a consideración del jerarca su apartamiento de las novedades identificadas con los números de NUNC 2023058776, 2023058758, 2023058745, 2023058731 y 2023058672.

2) Que la aludida denuncia la que hace referencia el Sr. Fiscal, Dr. Romano, es tramitada por expedeinte APIA número 2023-33-1-00382, y dio lugar a un procedimiento de información de urgencia, dispuesto por Resolución N.º 281/2023 de fecha 14 de marzo de 2023 sustanciado en los autos nombrados.

3) Que la denuncia indicada por el Dr. Romano en su correo, fue formulada por la Sra. Fiscal, Dra. Fossati, y refiere a una agresión relatada por la citada Fiscal que tuviera lugar en su despacho el día 13 de marzo de este año, en la misma la Sra. Fiscal, Dra. Fossati concluye indicando que su colega el Sr. Fiscal, Dr. Romano, no reviste la condición de objetividad para llevar adelante las denuncias penales por ella formuladas.

4) El Sr. Fiscal Dr. Romano en su correo manifiesta “Si bien a juicio de este representante fiscal no existen motivos para su apartamiento, dado que no tiene ningún vínculo de amistad ni enemistad con la Dra. Fossati, pero en virtud de que la misma sí parece tenerlos con el suscrito, este representante fiscal considera que debe ser el Sr. Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación quien debe tomar una resolución en donde se exprese si corresponde el apartamiento o que la carpeta de investigación preliminar permanezca en esta sede”.

Considerando: Que al amparo de lo preceptuado por el artículo 56 de la ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 corresponde disponer respecto al apartamiento.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 5, 21 literal C, 23 literal B, 56 y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017 y Resolución N.º 868/2017 de fecha 22 de diciembre de 2017;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Disponer el apartamiento del Fiscal Letrado de Montevideo de la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 9º turno, Dr. Fernando Romano en el conocimiento de las investigaciones identificadas con los números de NUNC 2023058776, 2023058758, 2023058745, 2023058731 y 2023058672; por las razones expuestas en la presente.

2°) Subrogar a la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 9º turno, con la Fiscalía de Flagrancia y Turno de 8º, de acuerdo a lo previsto por Resolución N.º 868/2017 de fecha 22 de diciembre de 2017.

3°) Notificar a los Sres. Fiscales, Dres. Fernando Romano y Leonardo Morales.

4°) Comunicar a Sippau, al Departamento Informático, Sistemas de Información y Tecnología, a Mesa de Ayuda y a la Directora del Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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