Resolución N° 322/022 Dirección General (s)

Subrogaciones

Resolución N° 322/2022

VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Libertad de 1° turno.

RESULTANDO: 1) Que la Fiscalía Departamental de Libertad de 1o turno se encuentra sin Fiscal titular a cargo de la misma, desde el 14 de enero del año 2019 en virtud de la licencia médica del Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Libertad de 1o turno, Dr. Cesare Cingia.

2) Que la referida Fiscalía viene siendo subrogada por los Fiscales Letrados Adscriptos de la misma, en la  forma en que lo prevé la reglamentación.

CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo a lo dispuesto en el literal G) del artículo 5 de la ley N° 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, se encuentra dentro de las potestades del proveyente el determinar la organización de sus dependencias, asegurando el funcionamiento regular y la eficiencia del servicio.

2) Que a partir de la situación planteada y de la imperiosa necesidad de atender el cúmulo de trabajo de la Fiscalía precitada, resulta necesario disponer la subrogación pertinente en la Fiscalía Departamental de Libertad de 1° turno.

3) Que por el artículo 59 de la Ley N° 19483 de fecha 5 de enero de 2017 se establece el régimen de subrogaciones de los fiscales letrados por razones de licencia, vacancia temporal o definitiva tanto en el orden jurisdiccional como en el orden administrativo, disponiendo que “serán subrogados por otro Fiscal Letrado de su misma categoría o por el Fiscal Adjunto o Adscripto en la forma que determine la reglamentación ”.

4) Que por Resolución N° 034/017 de fecha 1° de febrero de 2017 se reglamentó el régimen de subrogaciones conforme a la ley citada, estableciendo que las Fiscalías Departamentales de dos, tres, y cuatros turnos se subrogarán recíprocamente, sin perjuicio de la facultad del jerarca de designar subrogante apartándose del régimen referido por razones debidamente fundadas.

5) Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley N° 19.483 de fecha 5 de enero de 2017, corresponde disponer a partir del 25 de abril de 2022 y hasta el dictado de nueva resolución la subrogación de la titularidad de la Fiscalía Departamental de Libertad de 1° turno con la Fiscal Letrada Departamental, Dra.  Bettina Ramos.

6) Que como consecuencia de lo mencionado anteriormente, corresponde además subrogar la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco a partir del día 25 de abril de 2022 y hasta el dictado de nueva  Resolución con un Fiscal Letrado Adscripto.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República, artículos 2 y 5 literal G) de la Ley N° 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal c), 23 literal b) y  artículo 59 de la ley N° 19.483 de 5 de enero de 2017; y Resolución N°
034/2017 de 1 de febrero de 2017.

 

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

 

1°) SUBROGAR a partir del 25 de abril de 2022 y hasta el dictado de nueva resolución la titularidad de la Fiscalía Departamental de Libertad de 1° turno con la Fiscal Letrada Departamental Dra. Bettina Ramos

2°) SUBROGAR a partir del 25 abril de 2022 y hasta nueva resolución la titularidad de la Fiscalía Departamental de Rio Branco con el Fiscal Letrado Adscripto de la mencionada sede fiscal, Dr. José de León.

3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados, Dra. Bettina Ramos, y Dr. José de León.

4°) COMUNICAR a la Fiscalía Departamentales de Libertad y a la Fiscalía Departamental de Río Branco.

5°) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a la Unidad de Litigación Estratégica, a los Departamentos de Depuración, Priorización y Asignación, Comunicación, Cooperación Internacional, Políticas Públicas, Gestión Humana, Sistemas de Información y Tecnología, Liquidación de Haberes y Financiero Contable, a la Unidad de Víctimas al Centro de Formación, a Sippau, y a Unatec.

6°) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

7°) CUMPLIDO , archívese.

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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