Resolución N° 327/026 Dirección General (S)
VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Chuy.
RESULTANDO: Que la Fiscal titular de la sede mencionada en el Visto de la presente se encuentra con licencia prolongada, por lo que a efectos de reforzar el equipo fiscal, atendiendo al cúmulo de trabajo con el que cuentan, y no resentir el servicio, se estima necesario y conveniente asignar a la Dra. Charline Ferreyra un nuevo destino.
CONSIDERANDO: 1) Que tal como lo establece el artículo 59 de la Constitución “ La ley establecerá el Estatuto del Funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario.”
2) Que el artículo 39 literal A) de la Ley 19.483 establece que corresponde a los Fiscales Letrados Suplentes “...Subrogar con carácter específico y provisorio, cuando las necesidades del servicio así lo impongan, a los Fiscales Letrados de Montevideo, Fiscales Letrados Especializados y Fiscales Letrados Departamental...”
3) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello
4) Que se estima necesario y conveniente asignar a la Fiscal Letrada Suplente, Dra. Charline Ferreyra a la Fiscalía Departamental de Chuy, hasta el dictado de nueva resolución.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los artículo 2 y 5 de la Ley Nº 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal B), 27 literal F), 39 literal A) y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) ASIGNAR a partir del día 11 de mayo de 2026 y hasta nueva resolución, a la Fiscal Letrada Suplente Dra. Charline FERREYRA PIZARRO, a la Fiscalía Departamental de Chuy.
2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada antes mencionada.
3º) ESTABLECER que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de domicilio ante el Departamento de Gestión Humana y la rendición de cuentas documentada correspondiente en cuanto sea solicitada.
4º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno y la Fiscalía Departamental de Chuy.
5º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, Unidad de Género, a los Departamentos de Comunicación, Gestión Humana, Cooperación Internacional, Políticas Públicas, Depuración, Priorización y Asignación, Centro de Formación, Liquidación de Haberes, Financiero Contable, Sistemas de
información y Tecnología, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática y a SIPPAU.
6º) COMUNICAR al Poder Judicial y al Ministerio del Interior, al correo dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy
7º) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de la notificación y comunicaciones dispuestas.
