Resolución N° 330/023 Dirección General (s)

Solicitud

Visto: la solicitud de re-asignación incoada por la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno.

Resultando: 1) Que con fecha 20 de marzo de 2023 el Departamento de Depuración, Priorización y Asignación (DPA) asignó la novedad identificada con el NUNC 2023081666 a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno.

2) Que la denuncia refiere a una situación de presunto abuso sexual con relación a un niño que con fecha 11/03/2023 le habría contado a su madre que cuando tenía 3 años habría sufrido un abuso sexual.

3) Que el mimo día de la asignación la precitada Fiscalía solicitó la re-asignación del evento por entender que debió considerarse para la asignación la fecha del develamiento (11/03/2023) y no la fecha de creación de la denuncia, por lo que el caso debía asignarse a la fiscalía penal homónima de 8° turno.

4) Que de acuerdo al procedimiento previsto, DPA procedió a conferir traslado de la solicitud a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 8º turno, explicitando los motivos por los cuales se procedió a la asignación del evento a la Fiscalía solicitante.

5) Que en tiempo y en forma, siendo el día 23 de marzo del corriente la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 8 turno evacua el traslado conferido, rechazando los argumentos y coincidiendo por lo tanto con la asignación realizada por el Departamento DPA.

6) Que que con fecha 27 de marzo del corriente, DPA elevó su informe final con los recaudos adjuntos para consideración y posterior resolución del jerarca.

Considerando: 1) Que desde el punto de vista formal se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por Resolución N.º 412/2020.

2) Que se procederá a resolver sobre el fondo del asunto puesto a consideración del proveyente, sin entrar en el análisis respecto a la existencia o no de delito, sino a los solos efectos de determinar cuál fiscalía debe seguir adelante con la investigación.

3) Que la Resolución Nº 245/2018 de fecha 8 de mayo de 2018 estableció el régimen general de pre-asignación de denuncias.

4) Que la precitada Resolución dispuso que cada noticia criminal será pre-asignada a una fiscalía atendiendo a la especialización o semi-especializacion (en caso de corresponder) y a la fecha en que ocurrió el hecho ilícito.

5) Que la Resolución N.º 692/2022 de fecha 23 de setiembre de 2022 dispuso como criterio general de pre-asignación de las denuncias, que en ausencia o imposibilidad de determinación de la fecha que ocurrió el presunto hecho delictivo, se estará a la fecha de ingreso de la denuncia en el sistema informático de Fiscalía (SIPPAU).

6) Que DPA fundamentó la asignación en lo dispuesto en la Resolución Nº 692/2021, la cual refiere a que en caso de no poder determinarse cuál fue la fecha exacta del hecho se realizará la asignación por la fecha de creación de la novedad en SIPPAU.

7) Que por lo expuesto precedentemente y compartiendo lo indicado por DPA, no corresponde hacer lugar a la solicitud de re-asignación inocada por la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno.

Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por artículo 5 de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículo 23 literal b) y 59 de la ley Nº19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución Nº 245/2018 de 8 de mayo de 2018; Resolución Nº 412/2020 de 24 de agosto de 2021 y 692/2021 de 22 de setiembre de 2021;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Mantener la novedad identificada con el SGSP 16761776 - NUNC 2023081666 en la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno.

2º) Notificar a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno, a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 8º turno, y a la Dirección del Departamento de Depuración, Priorización y Asignación.

3º) Pasar a Gestión Documental a fin de realizar las notificaciones dispuestas.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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