Resolución N° 337/022 Dirección General (s)

Subrogaciones.-

Resolución Nº 337/2022

VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno.

RESULTANDO: Que la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno se encontrará sin titular a partir del 2 de mayo de 2022 de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N.o 338/2022 de fecha 27 de abril de 2022.

CONSIDERANDO: 1) Que de acuerdo a lo dispuesto en el literal G) del artículo 5 de la ley Nº 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, se encuentra dentro de las potestades del proveyente el determinar la organización de sus dependencias, asegurando el funcionamiento regular y la eficiencia del servicio.

2) Que a partir de la situación planteada y de la imperiosa necesidad de atender el cúmulo de trabajo de la Fiscalía precitada, resulta necesario disponer la subrogación pertinente en la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno a partir del 2 de mayo de 2022.

3) Que por el artículo 59 de la Ley No 19483 de fecha 5 de enero de 2017 se establece el régimen de subrogaciones de los fiscales letrados por razones de licencia, vacancia temporal o definitiva tanto en el orden jurisdiccional como en el orden administrativo, disponiendo que “serán subrogados por otro Fiscal Letrado de su misma categoría o por el Fiscal Adjunto o Adscripto en la forma que determine la reglamentación ”.

4) Que por Resolución No 034/017 de fecha 1o de febrero de 2017 se reglamentó el régimen de subrogaciones conforme a la ley citada, estableciendo que las Fiscalías Departamentales de dos, tres, y cuatros turnos se subrogarán recíprocamente, sin perjuicio de la facultad del jerarca de designar subrogante apartándose del régimen referido por razones debidamente fundadas.

5) Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley No 19.483 de fecha 5 de enero de 2017, corresponde disponer a partir del 2 de mayo de 2022 y hasta el dictado de nueva resolución la subrogación de la titularidad de la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno, con el Fiscal Letrado Departamental Dr. Hermes Antunez.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República, artículos 2 y 5 literal G) de la Ley No 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal c), 23literal b) y artículo 59 de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017; y Resolución No 034/2017 de 1 de febrero de 2017.

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) SUBROGAR a partir del 2 de mayo de 2022 y hasta el dictado de nueva resolución la titularidad de la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno con el Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Durazno de 2o turno, Dr. Hermes Antunez.

2°) NOTIFICAR al Fiscal Letrado Departamental Dr. Hermes Antunez.

3°) COMUNICAR a las Fiscalía Departamentales de Durazno.

4°) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría Técnica, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, mesa de ayuda, a Sippau, y a Unatec.

5°) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

6°) CUMPLIDO , archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Dirección General (s)

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