Resolución N° 340/021 Dirección General.-
Resolución Nº. 340/2021.
VISTO: el impuesto, de carácter mensual, denominado "Impuesto Emergencia Sanitaria 2 - COVID-19",
creado por la Ley No 19.949 de fecha 23 de abril de 2021.
RESULTANDO: 1) Que el sistema informático de liquidación de haberes Payroll con que cuenta la Fiscalía, fue adquirido a la empresa Interfase S.A. por Resolución No 732/2016 de 19 de octubre de 2016.
2) Que dicha empresa brinda asimismo el servicio especializado para mantenimiento y desarrollo del sistema Payroll, de acuerdo a las contrataciones autorizadas por Resoluciones No 583/2019 de 08 de agosto de 2019, No 137/2020 de 18 de marzo de 2020 y No 714/2020 de 29 de diciembre de 2020.
CONSIDERANDO: 1) Que a efectos de realizar la liquidación del “Impuesto Emergencia Sanitaria 2 - COVID-19” es necesario realizar modificaciones en la configuración del Sistema de Liquidación de haberes Payroll.
2) Que del informe técnico elaborado por el Departamento Informático se desprende que la empresa Interfase S.A. es la única habilitada para vender la licencia del sistema Payroll y brindar el servicio de soporte técnico, por lo que corresponde la contratación de la referida empresa a los efectos de realizar las modificaciones mencionadas.
3) Que la contratación del citado servicio se encuentra comprendida en lo establecido en el artículo 33, literal D), numeral 3) del T.O.C.A.F (Decreto N.o 150/012).
4) Que el Departamento Financiero Contable realizó la correspondiente afectación para atender la erogación.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 5 literal C) y G) de la Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, y en el artículo 33, literal D), numeral 3) del TOCAF, (Decreto N.o 150/012 del 11 de mayo de 2012);
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) AUTORIZAR la contratación directa por excepción, al amparo de lo establecido en el artículo 33, literal D), numeral 3) del TOCAF, de la empresa Interfase S.A., RUT 210083940014, para realizar una adecuación del Sistema Payroll a los efectos de la liquidación del “Impuesto Emergencia Sanitaria 2 – COVID-19”.
2º) LA presente erogación tendrá un costo de $ 219.600 (pesos uruguayos doscientos diecinueve mil seiscientos), IVA incluido y se atenderá con cargo a los créditos presupuestales del Inciso, Financiación 1.1, grupo 2 “Servicios no personales”, objeto del gasto 285 “Servicios informáticos y anexos”.
3º) PASAR a Secretaría General a efectos de proseguir el trámite.
Dr. Jorge Díaz
Director General