Resolución N° 342/022 Dirección General (s)
Resolución Nº 342 / 2022.
VISTO : la denuncia formulada por el Dr. Federico Álvarez Petraglia.
RESULTANDO : 1) Que el Dr. Álvarez Petraglia compareció ante la Fiscalía General de la Nación, invocando su calidad de abogado defensor de Alfredo Iván Sánchez Balbuena y Pablo Daniel Sánchez Agustins.
2) Que indicó que dichas personas se encuentran condenados por la vía de un proceso abreviado tramitado ante el Juzgado letrado en lo Penal de Rosario de 3o turno, en los autos identificados bajo IUE N.o 2-59575/2018.
3) Que el compareciente entendió que se habían producido una serie de hechos irregulares que cercenaron el derecho de defensa de sus clientes, por la imposibilidad de acceder a las evidencias en virtud de las que fueron condenados que pidió en Fiscalía y en el Juzgado, solicitando el inicio de una investigación administrativa de urgencia.
4) Que se le confirió vista a la Dra. Sandra Fleitas, titular de la Fiscalía de Rosario actuante en los autos individualizados, evacuándola en folios 21 y 22, en los que indicó que la Defensa accedió a la información que requería, aunque estima que el Dr. Álvarez Petraglia debió realizar tal requerimiento ante el Juzgado que tiene a su cargo el control de la ejecución de la pena de sus defendidos, “el que dará vista a la Fiscalía competente de la solicitud y su pertinencia”.
5) Que se recabó el informe del Departamento Jurídico Notarial que luce al folio 25 y 26, en que se sugirió conferir vista al letrado compareciente de lo expresado por la Fiscal interviniente respecto del acceso a la carpeta investigativa respectiva.
6) Que, vencido el plazo conferido, el Dr. Álvarez Petraglia no hizo manifestación alguna respecto del escrito de la Dra. Fleitas por lo que, tal como se expresa en folio 36, se deduce que el Sr. Defensor hubo la información que requería, aconsejándose el archivo de las presentes actuaciones.
CONSIDERANDO : Que de acuerdo a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial y la actitud del letrado compareciente, corresponde disponer el archivo de obrados.
ATENTO : A lo informado por el Departamento Jurídico Notarial, a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley n.o 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículo y 21 literal A) de la Ley n.o 19.483 de 5 de enero de 2017; a lo dispuesto por el artículo 75 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991,
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1) DISPONER el archivo de las presentes actuaciones.
2) NOTIFICAR al Dr. Álvarez Petraglia y a la Dra. Fleitas.
3) PASAR a Gestión Documental a los efectos de notificar lo dispuesto. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)