Resolución N° 356/025 Dirección General (S)

Subrogaciones

VISTO: Que la Fiscalía Departamental de Río Branco se encuentra actualmente sin Fiscal titular prestando funciones. 

RESULTANDO:1) Que el artículo 59 de la Ley N.º 19483 de fecha 5 de enero de 2017 establece el régimen de subrogaciones de los fiscales letrados por razones de licencia, vacancia temporal o definitiva tanto en el orden jurisdiccional como en el orden administrativo, disponiendo que “serán subrogados por otro Fiscal Letrado de su categoría o por el Fiscal Adjunto o Adscripto en la forma que determine la reglamentación. 

2) Que por Resolución N.º 034/2017 de fecha 1º de febrero de 2017 se reglamentó el régimen de subrogaciones conforme a la ley citada, estableciendo que las Fiscalías Departamentales único turno se subrogarán por un integrante de la respectiva sede, sin perjuicio de la facultad del jerarca de designar subrogante apartándose del régimen referido. 

CONSIDERANDO: 1)Que el Fiscal Letrado Adscripto de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 1º y 2º turno Dr. Oscar García prestó su conformidad para subrogar la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco, por el período del 11 al 20 de mayo.

2) Que la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 2º turno Dra. María Caltieri prestó su conformidad para subrogar la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco, por el período del 21 al 31 de mayo. 

3) Que en cumplimiento de la función encomendada deben viajar diariamente a la ciudad de Río Branco en vehículo particular y /o transporte público, por lo que deberán percibir el pago de viáticos. 

4) Que según lo informado por el Departamento Financiero Contable, no es posible controlar el cumplimiento del requisito del horario,(esencial para el pago de viáticos) en funcionarios que tienen marca presencial en el sistema SGH 2.0, no pernoctan en el destino, y además utilizan vehículo particular para el traslado. 

ATENTO : a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2 y por el artículo 5 literal g y j de la Ley 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículo 21 literal c, 23 literal b, 27 literal f, y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y art. 46 de la Ley 19924 de fecha 18 de diciembre de 2020, decretos 279/012 de fecha 24 de agosto de 2012 y N.º 317/012 de fecha 20 de setiembre de 2012, y Resoluciones N.º 034/017 de fecha 1º de febrero de 2017, N.º 100/2017 de fecha 15 de marzo de 2017, Nº 758/2017 de fecha 13 de noviembre de 2017, N.º 475/2019 de fecha 26 de junio de 2019. Folio n° 3 ApiaDocumentum Expediente N°: 2025-33-1-00629 

LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 

RESUELVE: 

1º) SUBROGAR la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco por el período del 11 al 20 de mayo con el Fiscal Letrado Adscripto de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 1º y 2º turno, Dr. Oscar García. 

2º) SUBROGAR la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco por el período del 21 al 31 de mayo con la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 2º turno, Dra. María Caltieri. 

3º) DISPONER el pago de las mencionadas subrogaciones una vez realizadas. 

4°) AUTORIZAR el reintegro de gastos de transporte de vehículo particular y/o transporte público para la Dra. María Caltieri y para el Dr. Oscar García. 

5º) DISPONER el reintegro de gastos de alimentación por el monto de hasta $527, (quinientos veintisiete pesos uruguayos) por día con un tope mensual de 20, (veinte) días a la Dra. María Caltieri y al Dr. Oscar García. 

6º) DISPONER que la erogación resultante se imputará con cargo a la financiación 1,1, “rentas generales”, objeto del gasto 721, “gastos extraordinarios”. 

7º) NOTIFICAR a la Dra. María Caltieri, y al Dr. Oscar García. 

8º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a los Departamentos de Gestión Humana, Sistemas de información y Tecnología, Liquidación de Haberes, y Financiero Contable, a la Fiscalía Departamental de Río Branco, al SIPPAU, y al Área de Depuración, Priorización y Asignación. 

9º) COMUNICAR al Ministerio del Interior, al correo dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy. 

10°) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de las notificaciones y comunicaciones dispuestas. 

11º) CUMPLIDO, archívese

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