Resolución N° 358/025 Dirección General (S)
VISTO : la necesidad de reorganizar el servicio.
RESULTANDO: Que es obligación de la suscrita preservar el adecuado funcionamiento de los servicios a su cargo, distribuyendo de forma adecuada los recursos humanos con los que cuenta la Institución.
CONSIDERANDO 1) : Que el artículo 59 de la Constitución de la República establece que “La ley establecerá el Estatuto del Funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”.
2) Que es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello conforme a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015.
3) Que el traslado a disponer no lesiona derechos adquiridos de la profesional cuya asignación se dispone ni de otros fiscales, en tanto se trata de un mero movimiento horizontal.
4) Que por Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas unidades dentro del territorio nacional.
ATENTO : a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literal G) de la Ley N.º 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, al artículo 23 literal B), 27 literal F), y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución 242/2020 de 19 de mayo de 2020;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) DISPONER : a partir del 5 de mayo de 2025, los siguientes traslados:- Fiscal Letrada Adscripta Dra. Yhoyse Delgado, de la Fiscalía Departamental de Rivera especializada en Violencia Basada en Género, Doméstica y Sexual a la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º.- Fiscal Letrada Adscripta Dra. Verónica López Sosa, de la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º a la Fiscalía Departamental de Rivera especializada en Violencia Basada en Género, Doméstica y Sexual.
2º) NOTIFICAR a las Fiscales Letradas antes mencionadas.
3º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Rivera especializada en Violencia Basada en Género, Doméstica y Sexual y a la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º.
4º) COMUNICARa Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática, a Sippau, a dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy Judicial.
5°) PASAR y al Poder a Gestión Documental para el cumplimiento de las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archívese.
