Resolución N° 362/021 Dirección General.-

Solicitudes.-

Resolución Nº. 362/2021.

VISTO: la solicitud de re-asignación incoada por la Fiscalía de Estupefacientes 3o turno en el marco del procedimiento aprobado por Resolución N.o 412/2012 de 24 de agosto de 2020.

RESULTANDO : 1) Que con fecha 21 de mayo de 2021 el Departamento de Depuración, Priorización y Asignación asignó la novedad identificada con el NUNC 2021124615 SGSP 12781303 a la Fiscalía solicitante.

2) Que con fecha 24 de mayo de 2021 la Fiscalía precitada solicitó la reasiganción del evento a la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno en tanto entienden que la gravedad de la situación de abuso sexual denunciada debería ser trabajada por dicha fiscalía especializada.-

3) Que en la misma fecha, 24 de mayo del corriente, DPA confirió traslado de la solicitud incoada a la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno, habiéndose acusado recibo de la misma.

4) Que transcurrido el plazo de 48 horas dispuesto por Resolución N.o 412/2020, para evacuar el traslado conferido, la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno no se pronunció, por lo que con fecha 26 de mayo de 2021 DPA procedió conforme lo previsto en la citada Resolución a reasignar la novedad objeto de los presentes a la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno. “...vencido el plazo sin que la fiscalía referida se hubiese expedido, DPA procederá a asignarle la denuncia...”.

5) Que con fecha 27 de mayo del corriente, la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno solicita, estando fuera del plazo previsto por la Resolución N.o 412/2020, la reasignacion del evento manifestando disconformidad con el procedimiento de revisión y compartiendo la asignación inicial de DPA a la Fiscalía de Estupefacientes 3o turno.

6) Que pese a estar fuera de plazo, DPA eleva los antecedentes al proveyente con informe y recaudos adjuntos para su resolución.

CONSIDERANDO : 1) Que conforme a lo dispuesto por el numeral 3o del Anexo – Procedimiento – aprobado por Resolución N.o 412/2020 la Fiscalía a la que le fue remitida la solicitud cuenta con un plazo de 48 horas contados a partir de recibida la misma para expedirse en forma fundada aceptando la asignación o rechazando la misma.

 
2) Que de acuerdo a lo estipulado, en caso de que la asignación propuesta sea aceptada por dicha fiscalía o vencido el plazo sin que se hubiera expedido, DPA procederá a asignarle la denuncia.

3) Que de acuerdo a lo que surge de autos la Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno, no dio cumplimiento en tiempo y en forma con lo allí preceptuado, por lo que DPA procedió con la asignación de la denuncia dando cumplimiento a lo dispuesto por Resolución N.o 412/2020.

4) Que la remisión al Jerarca para resolución corresponde realizarse cuando, la Fiscalía a la que fue remitida la solicitud de reasignación rechace la misma dentro del plazo establecido, lo que no ha ocurrido en los presentes; razón por la cual, no corresponde elevarlo a Dirección General para resolución.

5) Que sin perjuicio de lo expuesto,la Dirección General se encuentra abocada a la revisión de los plazos previstos por el procedimiento general aprobado por Resolución N.o 412/2020.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley No 19.334 del 14 de agosto de 2015, y a la Resolución N.o 412/2020 de fecha 24 de agosto de 2020;

                                EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

                                                                          RESUELVE:

1º) DISPONER el archivo de las presentes actuaciones por los fundamentos expuestos en los Considerando
del presente acto administrativo.

2º) NOTIFICAR a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violenica doméstica y Violencia basada en Género de 6o turno, a la Fiscalía Penal de Estupefacientes de 3o turno, y a la Dirección del Departamento de Depuración, Priorización y Asignación.

3º) PASAR a Gestión Documental a fin de realizar las notificaciones dispuestas.

4º) CUMPLIDO, archívese.

 

 

Dr. Jorge Díaz

Director General

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