Resolución N° 383/025 Dirección General (S)
VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno.
RESULTANDO: Que la Fiscalía mencionada en el visto del presente acto administrativo se encuentra acéfala, por lo que corresponde disponer la asignación de un Fiscal Letrado Suplente, a los efectos de no resentir el servicio.
CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 59 de la Constitución de la República establece que “La ley establecerá el Estatuto del Funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”.
2) Que dada la imperiosa necesidad de atender el cúmulo de trabajo de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno, corresponde disponer un nuevo destino a la Fiscal Letrada Suplente.
3) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.
4) Que el artículo 39 literal A) de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 en la redacción dada por el artículo 511 de la Ley N.º 20.212 de fecha 6 de noviembre de 2023, dispone que “Corresponde a los Fiscales Letrados Suplentes: Subrogar con carácter específico y provisorio, cuando las necesidades del servicio así lo impongan, a los Fiscales Letrados de Montevideo, Fiscales Letrados Especializados y Fiscales Letrados Departamentales”.
5) Que se estima necesario y conveniente asignar a la Fiscal Letrada Suplente, Dra.Fabiana Corbo a la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno, hasta nueva resolución.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución, los artículos 2 y 5 de la ley Nº 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal B), 27 literal F), 39 literal A) y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) ASIGNAR, a partir del día 20 de mayo de 2025 y hasta nueva resolución, a la Fiscal Letrada Suplente Dra. Fabiana CORBO FIGUEROA, a la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno.
2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada antes mencionada.
3º) ESTABLECER que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de domicilio ante el Departamento de Gestión Humana y la rendición de cuentas correspondiente en cuanto sea solicitada.
4º) COMUNICAR a las Fiscalías Departamentales de Rivera de 2º turno y a la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno.
5º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, Unidad de Género, a los Departamentos de Comunicación, Gestión Humana, Cooperación Internacional, Políticas Públicas, Depuración, Priorización y Asignación, Centro de Formación, Liquidación de Haberes, Financiero Contable, Sistemas de
información y Tecnología, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática y a SIPPAU.
6º) COMUNICAR al Poder Judicial y al Ministerio del Interior, al correo
dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy
7º) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de la notificación y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archívese.
Mónica Ferrero
Directora General (S)
