Resolución N° 387/021 Dirección General.-
Resolución Nº. 387/2021.
VISTO: la denuncia presentada por la Comisión Directiva SITRAFU.
RESULTANDO: 1) Que con fecha 1 de octubre de 2020, la Comisión Directiva SITRAFU presenta denuncia vía correo electrónico por la cual manifiesta su preocupación por la metodología de trabajo que se está llevando a cabo en la Fiscalía de Rosario, advirtiendo que “...la Fiscal titular no graba las declaraciones de los indagados, y le exige a los funcionarios estar presentes en las mismas, donde los administrativos toman nota de los dichos de los declarantes...”
2) Que habiéndose conferido vista a la Fiscal Letrada Departamental de Rosario, la Dra. Sandra Fleitas evacua la misma mediante informe que luce del folio 9 al folio 10 de estas actuaciones, manifestando que recibe la declaración de los indagados en forma escrita, para optimizar el trabajo, preservar los derechos del justiciable y garantizar la certeza jurídica, dejando en claro que quienes llevan adelante la investigación son los Fiscales Letrados Departamentales, así como los Adscriptos.
3) Que el Área del Sistema Penal Acusatorio (SPA) realiza informe que luce del folio 13 al folio 14.
4) Que por Dictamen N.o 19 de fecha 5 de febrero de 2020 se expide el Departamento Jurídico Notarial, el que luce agregado a folios 19 y 20.
5) Con fecha 12 de marzo de 2020 se le confiere vista a la Dra. Fleitas de lo informado por SPA, a efectos de que modifique su práctica y proceda a registrar en audio las declaraciones tomadas, en virtud de ser la forma más ajustada para documentar y garantizar la autenticidad e integridad de las mismas.
6) Con igual fecha la Dra. Fleitas evacua vista, la que surge a folio 30 y 31.
7) Que pasadas las actuaciones al Departamento Jurídico Notarial éste sugiere el archivo de las presentes actuaciones.
CONSIDERANDO: 1) Que habiéndose cumplido con lo sugerido en Dictamen N.o 19 del 5 de febrero de 2021, dando vista a la Dra. Sandra Fleitas de lo informado por el Área del Sistema Penal Acusatorio (SPA), a efectos de que modifique su práctica y proceda a registrar en audio las declaraciones tomadas, el Departamento Jurídico Notarial sugiere el archivo de las presentes actuaciones.
2) Que compartiendo el dictamen ampliatorio del Departamento Jurídico Notarial, y habiendo cesado la práctica denunciada conforme a la evacuación de vista de la Fiscal Letrado Departamental, Dra. Fleitas, resulta pertinente proceder al archivo de las mismas.
ATENTO : a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial, a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículo 21 de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017; y a lo dispuesto por los artículos 12 y 75 del Decreto 500/991;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) DISPONER el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial.
2º) NOTIFICAR a SITRAFU y a la Dra. Sandra Fleitas.
3º) PASAR a Gestión Documental a los efectos de notificar lo dispuesto. Cumplido, archivese.
Dr. Jorge Díaz
Director General