Resolución N° 391/023 Dirección General (s)
Visto: La solicitud de traslado formulado por la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Paysandú de 2º turno, Dra. Natalia Burgueño.
Resultando: 1) Que por la misma solicita su traslado a la Fiscalía Departamental de Ciudad de Costa, Atlántida, Pando, Canelones o Maldonado.
2) Que motiva la presente el poder acercarse a su familia.
Considerando: 1) Que por Resolución N.º 321/2020 de 8 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos a seguirse al momento de asignar o trasladar a los fiscales de la Institución.
2) Que desde el día 7 de setiembre de 2021 la solicitante se desempeña en la Fiscalía Departamental de Paysandú.
3) Que de lo que viene de decirse, la Doctora Burgueño no cumple con los criterios objetivos expresados en la Resolución mencionada, en especial, el criterio de permanencia por un tiempo suficiente en el territorio en el cual cumplen funciones.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal g) de la Ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal c), 23 literal b) y 59 de la Ley N° 19.483 de 5 de enero de 2017 y Resolución N° 321/2020 de 8 de julio de 2020.
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Tener presaente la solicitud de traslado de la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Paysandú de 2º turno, Dra. Natalia Burgueño.
2º) Tener presente que la solicitud de traslado de la gestionante no cumple con las pautas dispuestas en la Resolución N.º 321/2020 de 8 de julio de 2020.
3º) Notificar la presente a la Doctora Burgueño.
4º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a la notificación dispuesta. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)