Resolución N° 393/022 Dirección General (s)

Derechos de abstención.-

Resolución Nº 393/2022.

VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrada Suplente, Dra. Valentina Sanchez, actualmente cumpliendo funciones en la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno.

RESULTANDO: 1) Que fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley No 19.483, solicita el derecho de abstención para intervenir en el evento número 2020054358.

2) Que motiva la presente el hecho de que con fecha 20 de febrero de 2020, el señor Justo Jose Galliazzi, padre del Fiscal Letrado Adscripto, Martín Galliazzi quien se desempeña actualmente en la sede fiscal de Salto, presentó una denuncia contra su ex-yerno por faltante de ganado en virtud de haber sido socios.

3) Que la denuncia fue presentada en la Fiscalia de Salto cuando el Dr. Galliazzi aún no prestaba funciones en ella.

4) Que teniendo en cuenta que con el mismo mantienen una relación laboral diaria, entiende que corresponde solicitar el derecho de abstencion y que la causa sea remitida a otra sede fiscal.

5) Que la Resolución N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

6) Que sin perjuicio de lo expresado, conforme lo dispuesto por el ordinal 2o del acto administrativo mencionado ut supra, es Facultad del Jerarca designar subrogante apartándose del régimen referido.

CONSIDERANDO: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que es facultad del suscrito dictar aquellas medidas que permitan potenciar los recursos disponibles para la mejor concreción de los objetivos sustanciados, como asimismo evitar que el funcionamiento del servicio se vea resentido.

3) Que teniendo en cuenta la relación laboral que mantienen los Fiscales Letrados de Salto, y teniendo en cuenta que el denunciante es el padre de uno de ellos, se estima conveniente apartarse de lo dispuesto en el ordinal 1, literal G.1.b) de la Resolución N.o 034/2017 y designar un Fiscal subrogante de una sede fiscal distante a la que dio origen el evento, de acuerdo al régimen dispuesto en el ordinal 2) del acto administrativo mencionado.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal g) de la Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal, 23 literal b) y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1º) CONCEDER a la Fiscal Letrada Suplente, Dra. Valentina Sanchez, actualmente cumpliendo funciones enla Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno, la abstención solicitada.

2º) SUBROGAR a la solicitante en el conocimiento de la investigación mencionada en el Resultando 1), con la titular de la Fiscalía Departamental de Bella Union.

3º) NOTIFICAR a las Fiscales Letradas de la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno y de Bella Unión, Dra. Valentina Sanchez y Dra. Stella Da Silva, respectivamente.

4º) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático, a Mesa de Ayuda y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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