Resolución N° 40/026 Dirección General (S)
VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Rivera de 3º turno.
RESULTANDO: 1) Que por Resolución N.º 039/2026 de fecha 16 de enero del corriente, se dispuso el traslado de la Fiscal Letrada Adscripta, Dra. Paula Pratto, de la Fiscalía Departamental de Rivera de 3º turno a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia de 14º turno.
2) Que es obligación de la suscrita preservar el adecuado funcionamiento de los servicios a su cargo, distribuyendo de forma adecuada los recursos humanos con los que cuenta la Institución, por lo que se requiere disponer el traslado correspondiente, a los efectos de no resentir el servicio.
CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 59 de la Constitución de la República establece que “La ley establecerá el Estatuto del Funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”.
2) Que es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello conforme a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015.
3) Que el traslado a disponer no lesiona derechos adquiridos de la profesional cuya signación se dispone ni de otros fiscales, en tanto se trata de un mero movimiento horizontal.
4) Que por Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020, se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas unidades dentro del territorio nacional.
5) Que uno de los indicadores a tener presente por el acto administrativo antes señalado, es que el evitar que una unidad fiscal o las unidades fiscales de un territorio permanezcan con un número de fiscales notoriamente inferior al aconsejable por la existencia de vacantes en un cargo del escalafón.
6) Que por lo expuesto, corresponde trasladar a partir del día 23 de enero de 2026, al Fiscal Letrado Adscripto Dr. Santiago Arevalo de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º turno a la Fiscalía Departamental de Rivera de 3º turno.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literal G) de la Ley N.º 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, al artículo 21 literal C), 23 literal B), 27 literal F), y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017; Resolución 242/2020 de 19 de mayo de 2020;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) DISPONER a partir del 23 de enero de 2026, el traslado del Dr. Santiago AREVALO LARA de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º turno a la Fiscalía Departamental de Rivera de 3º turno.
2º) NOTIFICAR al Fiscal Letrado antes mencionado.
3º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º y 3º turno.
4º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática, a Sippau, a dgat-interinstitucional@minterior.gub.uyy al Poder Judicial.
5°) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.
