Resolución N° 402/026 Dirección General (S)
VISTO: la Resolución N.º 401/2026 de fecha 1º de junio de 2026, y la necesidad de reorganizar el servicio y evitar su resentimiento.
RESULTANDO: 1) Que por la Resolución referida en el visto del presente acto administrativo se dispuso el traslado de la Fiscal Letrada Departamental Dra. Cecilia Gutiérrez de la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno a la Unidad Especializada de Litigación Estratégica.
2) Que atento a la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno, se requiere disponer el traslado correspondiente, a los efectos de asignar un Fiscal Letrado Departamental en la referida sede fiscal.
CONSIDERANDO: 1) Que es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello conforme a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015.
2) Que es potestad de la proveyente el traslado de fiscales si las necesidades del servicio así lo requieren, conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derechos adquiridos (artículo 53 de la ley N.º 19.483).
3) Que por Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas unidades dentro del territorio nacional.
4) Que uno de los indicadores a tener presente por el acto administrativo antes señalado, es que el evitar que una unidad fiscal o las unidades fiscales de un territorio permanezcan con un número de fiscales notoriamente inferior al aconsejable por la existencia de vacantes en un cargo del escalafón.
5) Que el traslado que se establece en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que el mismo no lesiona derechos adquiridos de la profesional trasladada ni de otros Fiscales.
6) Que por lo expuesto, corresponde disponer el traslado de la Fiscal Letrada Departamental Dra. Dahiana Padilla Alzuri, de la Fiscalía Departamental de Libertad de 2º turno a la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto en el artículo 5 literales G) y J) de la Ley Nº 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, artículo 23 literal B), 27 literal F), 53 y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y Resolución N.º 242/2020 de fecha 19 de mayo de 2020;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) DISPONER a partir del 4 de junio de 2026 el traslado de la Fiscal Letrada Departamental Dra. Dahiana Rosa PADILLA ALZURI, de la Fiscalía Departamental de Libertad de 2º turno a la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno.
2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada antes mencionada.
3º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Libertad de 2º turno y a la Fiscalía Departamental de Las Piedras de 4º turno.
4º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática, a Sippau y a dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy.
5º) COMUNICAR al Poder Judicial y al Ministerio del Interior.
6º) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archívese.
Montevideo.
