Resolución N° 409/026 Dirección General (S)
VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por las Fiscales Letradas Adscriptas (S) de la Fiscalía Departamental de Bella Unión, Doctora Ana Iriarte y Doctora Antonella Cervini.
RESULTANDO: 1) Que las gestionantes solicitan el derecho de abstención, en las investigaciones identificadas con el NUNC 2026149332 y 2026150841.
2) Que por fundadas razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 19.483, solicitan el derecho de abstención en las causas mencionadas ya que el comunicador de la zona, el señor Fabrizio Barboza es denunciado en una de las causas y víctima en la otra.
3) Que Barboza ha manifestado en redes sociales que la Fiscalía Departamental de Bella Unión es corrupta, logrando generar comentarios despectivos hacia las fiscales.
4) Que la Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.
5) Que sin perjuicio de lo expresado, conforme lo dispuesto por el ordinal 2º del acto administrativo mencionado ut supra, es Facultad del Jerarca designar subrogante apartándose del régimen referido.
CONSIDERANDO: 1) Que a juicio de la suscrita, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.
2) Que es facultad de la suscrita dictar aquellas medidas que permitan potenciar los recursos disponibles para la mejor concreción de los objetivos sustanciados, como asimismo evitar que el funcionamiento del servicio se vea resentido.
3) Que teniendo en cuenta los motivos expuestos, se estima conveniente apartarse de lo dispuesto en el ordinal 1, literal G.1.b) de la Resolución N.º 034/2017 y designar un Fiscal subrogante regional que no se desempeñe en la sede fiscal de Bella Union.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal g) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal, 23 literal b), 27 literal c) y 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1°) CONCEDER a las Fiscales Letradas Adscriptas (S) de la Fiscalía Departamental de Bella Unión, Doctoras Ana Iriarte y Antonella Cervini las abstenciones solicitadas.
2°) SUBROGAR a las solicitantes en el conocimiento de las investigaciones mencionadas en el Resultando 1), con la titular de la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno.
3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados Departamentales de la Fiscalía Departamental de Bella Union y de Salto de 3º turno, Doctoras Ana Iriarte, Antonella Cervini y Karen Escobar respectivamente.
4°) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático y al Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.
5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.
