Resolución N° 411/022 Dirección General (s)

Solicitudes.-

Resolución Nº 411/2022

VISTO : la solicitud de reasignación incoada por la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de
14o turno.

RESULTANDO : 1) Con fecha 9 de mayo de 2022 el Departamento de Depuración, Priorización y Asignación (DPA) asignó el evento identificado con el SGSP 14520870 - NUNC 2022078418 a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 14o turno.

2) Que en la misma fecha, la precitada Fiscalía solicita la reasignación del evento a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 13o turno por considerar que el caso, que data del 22 de marzo
de 2022, correpsonde a Zona 2o, jurisdicción de la Seccional policial 15a, en la cual entiende Fiscalía de
Flagrancia y Turno de 13o turno.

3) Que DPA confirió traslado a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno 13o turno, quien rechaza la solicitud de re-asignación en tanto el caso refiere a Zona II y la fecha en la que se efectivizaron las transferencias bancarias datan del 24 y 25 de enero de 2022 no encontrándose de turno la Fiscalía de Flagrancia de 13o turno.

4) Que de conformidad con el procedimiento correspondiente, DPA eleva los antecedentes al proveyente con informe y recaudos adjuntos para su resolución.

CONSIDERANDO : 1) Que del análisis de los requisitos formales surge que el procedimiento se ha sustanciado conforme la normativa vigente.

2) Que se procederá a resolver sobre el fondo del asunto puesto a consideración del proveyente, sin entrar en el análisis respecto a la existencia o no de delito, sino a los solos efectos de determinar cuál fiscalía debe seguir adelante con la investigación.

3) Que DPA fundamentó la asignación en que se adoptó como fecha del hecho, el día 24 de enero del corriente, fecha en que se realizó la transferencia bancaria, correspondiendo por Zona, la Zona 2.

4) Que la Resolución N.o 245/2018 de fecha 8 de mayo de 2018 estableció el régimen general de pre-asignación de denuncias.

5) Que la precitada Resolución dispuso que cada noticia criminal será pre-asignada a una fiscalía atendiendo a la especialización o semi-especializacion (en caso de corresponder) y a la fecha en que ocurrió el hecho ilícito, estableciendo asimismo que, para aquellos casos en que no resulte posible determinar la fecha exacta del hecho ilícito, se deberá considerar la fecha en que el denunciante manifiesta haber tomado conocimiento del mismo.

6) Que sin perjuicio de ello, con fecha 22 de setiembre de 2021 por Resolución N.o 692 /2021, ordinal 1o) literal b) se sustituyó el criterio de la fecha de toma de conocimiento del denunciante para aquellos casos en que no fuere posible la fecha en que acaeció el hecho ilícito, por la fecha de ingreso de la denuncia en el sistema informático de Fiscalía (SIPPAU).

7) Que de acuerdo a lo informado por DPA, y de lo que surge de la documentación que se adjunta, el precitado Departamento estuvo a la fecha cierta de acaecimiento del hecho ilícito, aplicando al caso en concreto las Resoluciones que así lo establecen.

8) Que por lo expuesto, habrá de mantenerse la asignación del evento SGSP 14520870 - NUNC 2022078418 en la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 14o turno.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por artículo 5 de la ley N.o 19.334 de 14 de agosto
de 2015; artículo 23 literal b) de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución N.o 245/2018 de fecha 8
de mayo de 2018; Resolución N.o 412/2020 de fecha 24 de agosto de 2020; Resolución N.o 692/2021 de
fecha 22 de setiembre de 2021;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1º) MANTENER la novedad identificada con el SGSP 14520870 - NUNC 2022078418 en la Fiscalía Penal
de Montevideo de Flagrancia y Turno de 14o turno.

2º) COMUNICAR a la Dirección del Depuración, Priorización y Asignación, a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 14o turno y a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 13o turno.

3º) PASAR a Gestión Documental a fin de realizar las notificaciones dispuestas.

4º) CUMPLIDO, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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