Resolución N° 423/022 Dirección General (s)
Resolución Nº 423/2022
VISTO: la observación No 18/2022 de fecha 17 de mayo de 2022.
RESULTANDO : Que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observa el pago
correspondiente al arrendamiento de contenedores de Ciudad de la Costa y Las Piedras de los meses de enero
a marzo del corriente, por incumplimiento del artículo 33 del TOCAF.
CONSIDERANDO : 1) Que debido a la carencia de capacidad locativa de las sedes de Fiscalía de las
ciudades de Las Piedras y Ciudad de la Costa y ante la necesidad de generar nuevos espacios para dar
cumplimiento a los cometidos de la Institución, enel año 2019se determinó arrendar contenedores marítimos
adaptados constructivamente, realizándose contrataciones a la empresa Caliral S.A. con dicho objeto.
2) Que ante el vencimiento del contrato vigente el 31 de diciembre de 2021, el equipo de Arquitectura planteó la necesidad de continuar con el referido arrendamiento, ya que era fundamental mantener dichos espacios, no siendo posible llevar a cabo un cambio de proveedor, ya que el tiempo de realización del llamado y la logística que implica el cambio de los contenedores, generaría perjuicios en la prestación del servicio.
3) Que ante dicha situación por ResoluciónNo 1052/2021 de 30 de diciembre de 2021, se autorizó la compra directa por excepción entendiendo de aplicación el artículo 33 literal D) numeral 3 del T.O.C.A.F. (decreto 150/012), en virtud de que, como se dijo,no era posible la sustitución de los contenedores por elementos similares.
4) Que por lo expuesto este proveyente reiterará el pago observado.
ATENTO : a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2 y 5 literal C) y G) de la Ley No 19.334 de 14 de
agosto de 2015, en los artículos 23 literal B) y 59 de la Ley No 19.483 de 5 de enero de 2017, en el artículo
211 literal B) de la Constitución de la República y en el artículo 114 del TOCAF (Decreto No 150/012 de 11
de mayo de 2012);
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) REITERAR el pago correspondiente al arrendamiento de contenedores de Ciudad de la Costa y Las
Piedras de los meses de enero a marzo del corriente, obligaciones 8/1/1/-8/1/2-8/1/3, lote 76, por un monto de
$ 188.178 (pesos uruguayos ciento ochenta y ocho mil ciento setenta y ocho).
2º) PASAR a la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)