Resolución N° 437/026 Dirección General (S)
VISTO: Que la Fiscalía Departamental de Río Branco se encuentra sin Fiscal titular prestando funciones.
RESULTANDO: 1) Que el artículo 59 de la Ley N.º 19483 de fecha 5 de enero de 2017 establece el régimen de subrogaciones de los fiscales letrados por razones de licencia, vacancia temporal o definitiva tanto en el orden jurisdiccional como en el orden
administrativo, disponiendo que “serán subrogados por otro Fiscal Letrado de su categoría o por el Fiscal Adjunto o Adscripto en la forma que determine la reglamentación.
2) Que por Resolución N.º 034/2017 de fecha 1º de febrero de 2017 se reglamentó el régimen de subrogaciones conforme a la ley citada, estableciendo que las Fiscalías Departamentales único turno se subrogarán por un integrante de la respectiva sede,
sin perjuicio de la facultad del jerarca de designar subrogante apartándose del régimen referido.
CONSIDERANDO: 1) Que el Fiscal Letrado Adscripto de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 1º y 2º turno Doctor Oscar García prestó su conformidad para subrogar la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco, por el período comprendido entre el 16 al 25 de junio y del 8 al 15 de julio de 2026.
2) Que en cumplimiento de la función encomendada debe viajar diariamente a la ciudad de Río Branco en vehículo particular y /o transporte público, por lo que deberá percibir el pago de viáticos.
3) Que según lo informado por el Departamento Financiero Contable, no es posible controlar el cumplimiento del requisito del horario,(esencial para el pago de viáticos) en funcionarios que tienen marca presencial en el sistema SGH 2.0, no pernoctan en
el destino, y además utilizan vehículo particular para el traslado.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2 y por el artículo 5 literal g y j de la Ley 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículo 21 literal c, 23 literal b, 27 literal f, y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y art. 46 de la Ley 19924 de fecha 18 de diciembre de 2020, decretos 279/012 de fecha 24 de agosto de 2012 y N.º 317/012 de fecha 20 de setiembre de 2012, y Resoluciones N.º 034/017 de fecha 1º de febrero de 2017, N.º 100/2017 de fecha 15 de marzo de 2017, Nº 758/2017 de fecha 13 de noviembre de 2017, N.º 475/2019 de fecha 26 de junio de 2019.
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) SUBROGAR la titularidad de la Fiscalía Departamental de Río Branco por el período del 16 al 25 de junio y del 8 al 15 de julio de 2026 con el Fiscal Letrado Adscripto de la Fiscalía Departamental de Cerro Largo de 1º y 2º turno, Doctor Oscar García.
2º) DISPONER el pago de la mencionada subrogación una vez realizada.
3°) AUTORIZAR el reintegro de gastos de transporte de vehículo particular y/o transporte público para el Dr. Oscar García.
4º) DISPONER el reintegro de gastos de alimentación por el monto de hasta $527, (quinientos veintisiete pesos uruguayos) por día con un tope mensual de 20, (veinte) días al D octor Oscar García.
5º) DISPONER que la erogación resultante se imputará con cargo a la financiación 1,1, “rentas generales”, objeto del gasto 721, “gastos extraordinarios”.
6º) NOTIFICAR al Doctor Oscar García.
7º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a los Departamentos de Gestión Humana, Sistemas de información y Tecnología, Liquidación de Haberes, y Financiero Contable, a la Fiscalía Departamental de Río Branco y de Cerro Largo de 1º y 2º turno ya SIPPAU.
8º) COMUNICAR al Ministerio del Interior, al correo dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy.
9°) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
10º) CUMPLIDO, archívese.
