Resolución N° 443/023 Dirección General (s)

Derecho de abstención

Visto: La solicitud de derecho de abstención formulada por el Fiscal Penal de Montevideo de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos, Doctor Enrique Rodriguez, para intervenir en la investigación criminal identificada con el NUNC 2018035494.

Resultando: 1) Que por razones de decoro y delicadeza solicita se le conceda el derecho de abstención en la referida actuación, al amparo de lo previsto en el artículo 58 de la Ley N.º 19.483, ya que cuando fue el titular de la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos de 1º turno procedió al archivo de la investigación mencionada.

2) Que posteriormente, su sucesor, el Fiscal Letrado de Montevideo, Doctor Alejandro Machado, en audiencia de revisión efectuada ante la sede penal competente mantuvo el mismo criterio y se expidió por no hacer lugar al reexamen del caso y mantener el archivo.

3) Que de acuerdo a lo expresado, resulta evidente que el gestionante no puede volver a expedirse sobre un tema en el que ya se pronunció, lo cual afectaría las garantías con que cuenta el denunciante.

Conisderando: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicha investigación, está contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, promoviendo la plena vigencia del principio de objetividad que debe regir en la actuación de los Fiscales conforme al artículo 10 de la Ley N.º 19.483.

2) Que la Resolución N.º 044/2023 de 13 de enero de 2023 dispone el régimen de subrogación que debe aplicarse al caso concreto.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal C, 23 literal B y 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y la Resolución N.º 044/2023 de 13 de enero de 2023.

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Conceder el derecho de abstención solicitado por el Fiscal Penal de Montevideo de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos, Doctor Enrique Rodriguez en la causa individualizada en el Visto.

2°) Subrogar al compareciente en la investigación señalada, con la titular de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 3 º turno.

3°) Notificar a los Fiscales Letrados de Montevideo, Doctor Enrique Rodriguez y Doctor Gilberto Rodriguez.

4°) Comunicar a los Departamentos de Depuración, Priorización y Asignación, SIPPAU, Mesa de Ayuda, Información y Tecnología.

5°) Pasar a Gestión Documental para las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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