Resolución N° 459/026 Dirección General (S)

Feria Judicial Menor

VISTO: lo dispuesto por Resolución número 424/2026.

RESULTANDO: 1) Que por la misma se autorizo de manera excepcional a los integrantes de la Fiscalía Penal de Flagrancia y turno de 5º turno a cumplir funciones durante la totalidad del periodo de la feria judicial menor 2026, con el objeto prioritario de trabajar en el descenso y depuración de las causas penales de dicha sede fiscal. 
2) Que corresponde modificar el numeral 2) del resultando de la misma, indicando que la petición se fundamentó a efectos de dar continuidad a la tramitación de las investigaciones de alta complejidad según la agenda oportunamente fijada, evitando de esa
manera la paralización de las actuaciones.
3) Que asimismo corresponde modificar el numeral 3) del considerando de la misma, dejando sin efecto por ahora el seguimiento por parte del Departamento de Políticas Publicas de la evaluación del trabajo realizado, quedando a resolver el descenso y depuración de las causas penales de dicha sede fiscal, una vez que se brinde un recurso humano para tal actividad.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal c), 23 literal b) Y 27 literal f) de la Ley N° 19.483 del 5 de enero de 2017;

LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:

1º) DEJAR SIN EFECTO la información solicitada al Departamento de Políticas Publicas.

2°) NOTIFICAR al Fiscal Letrado de Montevideo de la Fiscalía Penal de Flagrancia y turno de 5º turno, Doctor Diego Pérez.

3°) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de la notificación dispuesta.
Cumplido archívese.

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