Resolución N° 469/021 Dirección General (s).-

Solicitudes.-

Resolución Nº. 469/2021.

VISTO : la solicitud de informe a la Fiscal Letrada de Montevideo, Dra. Darviña Viera.

RESULTANDO : 1) Que mediante Memorando N.o 1246/2020 de 4 de diciembre de 2020 se solicitó informe a la Dra. Viera sobre el tenor de las declaraciones referidas en la nota del Semanario “El Observador”. 2 de estos obrados.

2) Que en la misma fecha, se recibió el informe peticionado el cual luce agregado a folio.

3) Que en lo medular, la Dra. Viera expresa que las declaraciones realizadas al periodista César Bianchi se realizaron presuponiendo que las mismas eran “off the record” .

4) Que pasadas las actuaciones al Departamento Jurídico Notarial, este se expide en Dictamen que luce agregado a folio 10.

CONSIDERANDO : 1) Que el Departamento Jurídico Notarial se expresa al respecto y sugiere el archivo de las actuaciones en tanto no surgen elementos suficientes para proceder de otra forma.

2) Que el artículo 64 de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017 dispone que en lo que refiere a la potestad disciplinaria de los fiscales letrados, se regirá en lo aplicable por las normas establecidas en los artículos 70 a 72 y 76 a 79 de la ley de 19.121 de 20 de agosto de 2013.

3) Que en este sentido, el artículo 72 de la referida ley establece que la falta susceptible de sanción disciplinaria, es “todo acto u omisión del funcionario, intencional o culposo, que viole deberes funcionales. Considerándose deberes funcionales las obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades del funcionario, establecidas por la regla de derecho ”.

4) Que los deberes funcionales del personal perteneciente al escalafón N se encuentran regulados en el artículo 61 de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017.

5) Que del análisis realizado por Jurídica, surge que no habrían elementos suficientes para determinar que la Dra. Viera habría incurrido en una falta administrativa violentando sus deberes funcionales de acuerdo a lo previsto por la normativa vigente.
actuaciones.-

6) Que corresponde de acuerdo a los fundamentos expuestos proceder al archivo de las actuaciones

ATENTO : a lo expuesto precedentemente, a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial, a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.o 19.483; y a lo expuesto por el articulo 23 literal b) de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017;

                                            EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
                      RESUELVE :

 

1º) DISPONER el archivo de las actuaciones de acuerdo a los fundamentos expuesto en los Considerando del presente acto administrativo.

2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada de Montevideo, Dra. Darviña Viera.

3º) PASAR a Gestión Documental a los efectos de realizar la notificación dispuesta.

4º) CUMPLIDO , archivese.

 

 

Dr. Juan Gómez

Director General (s)

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