Resolución N° 49/022 Secretaría General

Autorización de Guardias Administrativas

Resolución N° 049/2022

VISTO: La tareas desarrolladas en las distintas sedes fiscales.

RESULTANDO: 1) Que la implementación del nuevo Código del Proceso Penal ha significado un cambio sustancial en la forma de trabajo de las Fiscalías, determinando modificaciones en la organización y en la distribución de tareas.

2) Que en el caso de la Fiscalía Departamental de Rivera, se ha visto incrementado el volumen de trabajo, por lo que resulta necesario dotarla de apoyo administrativo para los días inhábiles y fines de semana.

CONSIDERANDO: Que corresponde establecer un régimen de guardias administrativas para
asistir a dicha sede.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 29 del T.O.C.A.F. (Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012), en las resoluciones de la Dirección General N° 255/2016 de 12 de abril de 2016 y N° 615/2021 de 30 de agosto de 2021 y en el Anexo “Gastos corrientes e inversiones” de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020

LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) ESTABLECER el siguiente régimen de guardias administrativas para la Fiscalía Departamental de Rivera, correspondiente al mes de abril de 2022:

02 de abril – Alan Canto

03 de abril – Pablo Richieri

09 de abril – Alan Canto

10 de abril – Pablo Richieri

11 de abril – Alan Canto

12 de abril – Alan Canto

13 de abril – Alan Canto

14 de abril – Pablo Richieri

15 de abril – Pablo Richieri

16 de abril – Pablo Richieri

17 de abril – Alan Canto

18 de abril – Pablo Richieri

23 de abril – Alan Canto

24 de abril – Pablo Richieri

30 de abril – Alan Canto

2°) DETERMINAR que los funcionarios detallados en el ordinal precedente, percibirán una compensación de $ 4.243, por única vez y por día de guardia administrativa correspondiente a ocho horas presenciales. Las guardias administrativas diarias que difieran en carga horaria a lo establecido, se prorratearán según corresponda.

3°) DETERMINAR que aquellos funcionarios que realicen las referidas guardias, deberán registrar la marca en el SGH 2.0, tanto a la entrada como al finalizar la jornada.

4°) EN un plazo máximo de cuatro días hábiles posteriores a la culminación de las guardias del mes, el Jefe Administrativo de la sede, deberá informar el detalle de las guardias, el que será contrastado con los registros de marcas en el SGH 2.0 por el Departamento de Gestión Humana. Asimismo, deberá contener un breve comentario de las tareas realizadas, indicando el caso o asunto trabajado y el NUNC, quedando el pago de la compensación sujeto a la presentación de dicho informe.

5°) LA erogación resultante se imputará con cargo al objeto de gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas”.

6°) NOTIFICAR a los funcionarios mencionados en el ordinal primero.

7°) COMUNICAR a la Dirección General y a la Fiscalía Departamental de Rivera.

8°) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

9°) CUMPLIDO, siga al Departamento de Gestión Humana para conocimiento y demás efectos.

 

Cra.Alejandra Méndez
Secretaria General

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