Resolución N° 491/026 Dirección General (S)
VISTO: la solicitud realizada por los Fiscales Letrados de Montevideo Dres. Sosa, Bujarín y Sigona, titulares de las sedes fiscales de Delitos Sexuales de 4º, 5º y 6º turno respectivamente.
RESULTANDO: 1) Que con fecha 15 de junio de 2026, los solicitantes mencionados en el Visto del presente acto administrativo elevan una nota a la proveyente, manifestando la situación de sobrecarga, en virtud de lo dispuesto por Resolución N.º 400/2026 de fecha 29 de mayo de 2026 y Resolución N.º 412/2026 de fecha 5 de junio de 2026.
2) Que por Resolución N.º 400/2026 se dispuso que no habrá de asignarse novedades criminales a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales de 2º turno y a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia de 5º turno por el período del 1º de junio al 30 de setiembre del corriente.
3) Que posteriormente se dictó la Resolución N.º 412/2026 disponiendo lo mismo respecto a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales de 1º turno por el período del 8 de junio al 8 de agosto del corriente.
CONSIDERANDO: 1) Que atento a lo solicitado por los Fiscales Letrados de Montevideo Dres. Sosa, Bujarín y Sigona, titulares de las sedes fiscales de Delitos Sexuales de 4º, 5º y 6º turno respectivamente, y a los efectos de mantener la eficacia y eficiencia en la prestación del servicio y de sus cometidos esenciales, corresponde atender la situación planteada.
2) Que en virtud de lo señalado, se entiende pertinente modificar el periodo de suspensión de novedades en la sede fiscal de Delitos Sexuales de 2º turno hasta el 8 de agosto del 2026.
3) Que es competencia de la proveyente determinar la organización administrativa de sus dependencias y, en general, dictar reglamentos, disposiciones y resoluciones, así como realizar todos los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para el cumplimiento de la presente ley y el funcionamiento regular y eficiente de los servicios (artículo 5 literal g) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015).
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, lo dispuesto por los artículos 2 y 5 de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículos 23 literal b), 27 literal f) y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017;
LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) MODIFICAR lo dispuesto por Resolución N.º 400/2026 de fecha 29 de mayo de 2026 en cuanto al período señalado solamente para la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales de 2º turno, el que será hasta el 8 de agosto de 2026.
2º) MANTENER lo dispuesto por Resolución N.º 400/2026 de fecha 29 de mayo de 2026 en relación a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 5º turno.
3°) NOTIFICAR a todas las Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Sexuales.
4°) COMUNICAR a la Directora del Departamento de Depuración, Priorización y Asignación Dra. Patricia Marquisá, al Departamento de Políticas Públicas y SIPPAU.
5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archívese.
