Resolución N° 492/026 Dirección General (S)

Observaciones

VISTO: la observación formulada por la Contadora Auditora Destacada del Tribunal de Cuentas al gasto correspondiente a la partida de perfeccionamiento académico del presupuesto del mes de junio de 2026.

RESULTANDO: 1) Que se gestiona el pago de la partida prevista en el artículo 330 de la Ley N.º 17.296, de 21 de febrero de 2001, para los funcionarios que ocupan cargos de los Escalafones “PC” y “N”; y las partidas por subrogaciones del Escalafón “N”.
2) Que la Contadora Destacada observa el pago por la suma de $ 1.758.806 (pesos uruguayos un millón setecientos cincuenta y ocho mil ochocientos seis) por contravenir lo dispuesto en los artículos 42 del Capítulo V, Título 7 del Texto Ordenado 2023 y 48 del Decreto N.º 148/007, sus modificativas y concordantes.

CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 719 de la Ley N.º 19.355, de 19 de diciembre de 2015, no incluye la partida creada por el artículo 330 de la Ley N.º 17.296, de 21 de febrero de 2001, como comprendida en el artículo 32 del Título 7 del Texto Ordenado 1996.
2) Que, en mérito de ello, la suscrita entiende que no corresponde aplicar el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas sobre la referida partida.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 2 y 5 literal G) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015 y artículos 23 literal B), 27 literal F) y 59 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; 

LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:

1º) REITERAR el gasto correspondiente a la partida de perfeccionamiento académico del presupuesto del mes de junio de 2026, por un monto de $ 1.758.806 (pesos uruguayos un millón setecientos cincuenta y ocho mil ochocientos seis) Obligación 000093/001/006, Lote 0565.

2º) PASAR a la Contadora Destacada del Tribunal de Cuentas a los efectos correspondientes.

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