Resolución N° 51/023 Dirección General (s)

Traslado

Visto: la necesidad de reorganizar el servicio en la Fiscalía Departamental de Libertad.

Resultando: 1) Que actualmente la Fiscalía Departamental de Libertad de 1º se encuentra integrada por un Fiscal titular y una única Fiscal Letrada Adscripta.

2) Que la integración actual de ambas sedes fiscales y el cúmulo de trabajo existente hace necesario proceder a realizar una adecuada distribución de los recursos humanos.

3) Que a efectos de reorganizar el servicio y no resentir el mismo se dispondrá el traslado correspondiente.

Considerando: 1) Que conforme a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 5 de enero de 2017, es competencia del Director General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando disposiciones y realizando actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.

2) Que por Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020 se aprobaron los criterios objetivos a seguirse al momento asignar fiscales a las distintas sedes dentro del territorio nacional, así como al momento de determinar el número de integrantes de cada una de ellas.

3) Que la precitada resolución prevé como uno de los criterios objetivos la necesidad de que las unidades fiscales de un territorio permanezcan con un número de fiscales inferior, por lo que resulta conveniente, ante la situación de la Fiscalía Departamental de Libertad de 1º turno, asignar un nuevo integrante al equipo fiscal.

4) Que en este sentido, es potestad del proveyente el traslado de fiscales si las necesidades del servicio así lo requieren, conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derechos adquiridos (artículo 53 de la ley N.º 19.483).

5) Que el traslado que se establece en este acto constituyen un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que los mismos no lesionan derechos adquiridos de los profesionales trasladados ni de otros Fiscales.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literal g) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículos 23 literal b), 53 y 59 de la ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020; Resolución N.º 242/2020 de 19 de mayo de 2020;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) Disponer, a partir del día 1º de febrero de 2023, el traslado de la Dra. Aitana RAMOS MAGA de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º turno a la Fiscalía Departamental de Libertad de 1º turno.

2º) Notificar a la Dra. Aitana Ramos.

3º) Establecer que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de declaración jurada de domicilio ante el Departamento de Gestión Humana.

4º) Comunicar a la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º turno y a la Fiscalía Departamental de Libertad de 1º turno.

5º) Comunicar a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, a la Unidad de Género, a los Departamentos de Comunicación, Cooperación Internacional, Políticas Públicas, Depuración, Priorización y Asignación, Gestión Humana, al Centro de Formación, al al Área de Soporte IT, y a SIPPAU.

6º) Pasar a Gestión Documental a los efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archivese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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