Resolución N° 516/021 Dirección General (s)
Resolución Nº 516/2021.
VISTO: la solicitud formulada por la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o turno, Dra. Sabrina Flores.
RESULTANDO: 1) Que por Resolución N.o 498/2021 de fecha 14 de julio de 2021 se dispuso dejar sin efecto el régimen extraordinario de funcionamiento dispuesto por Resolución No 330/2021 de 13 de mayo de 2021 y el reintegro de forma efectiva y presencial a sus funciones habituales de los funcionarios de todos los
escalafones a partir del 16 de julio de 2021.
2) Que la peticionante solicita se le autorice realizar teletrabajo durante lo que resta del mes de julio y el mes de agosto por razones estrictamente personales.
CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expuesto y al tratarse de una situación excepcional que no causa perjuicios al servicio, corresponde acceder a lo peticionado por la la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o turno, Dra. Sabrina Flores.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015 y el artículo 23 literal B) de la Ley No 19.483 de fecha 5 de enero de 2017;
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
1º) AUTORIZAR lo solicitado por la la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o Turno, Dra. Sabrina Flores.
2°) NOTIFICAR a la Dra. Sabrina Flores.
3º) COMUNICAR a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o Turno.
4º) COMUNICAR al Departamentos de Gestión Humana.
5º) PASAR a Gestión Documental a los efectos de realizar la notificación y comunicaciones dispuestas.
6º) CUMPLIDO , archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)