Resolución N° 516/021 Dirección General (s)

Solicitudes.-

Resolución Nº 516/2021.

VISTO: la solicitud formulada por la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o turno, Dra. Sabrina Flores.

RESULTANDO: 1) Que por Resolución N.o 498/2021 de fecha 14 de julio de 2021 se dispuso dejar sin efecto el régimen extraordinario de funcionamiento dispuesto por Resolución No 330/2021 de 13 de mayo de 2021 y el reintegro de forma efectiva y presencial a sus funciones habituales de los funcionarios de todos los
escalafones a partir del 16 de julio de 2021.

2) Que la peticionante solicita se le autorice realizar teletrabajo durante lo que resta del mes de julio y el mes de agosto por razones estrictamente personales.

CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expuesto y al tratarse de una situación excepcional que no causa perjuicios al servicio, corresponde acceder a lo peticionado por la la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o turno, Dra. Sabrina Flores.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015 y el artículo 23 literal B) de la Ley No 19.483 de fecha 5 de enero de 2017;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1º) AUTORIZAR lo solicitado por la la Sra. Fiscal Letrada Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o Turno, Dra. Sabrina Flores.

2°) NOTIFICAR a la Dra. Sabrina Flores.

3º) COMUNICAR a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 10o Turno.

4º) COMUNICAR al Departamentos de Gestión Humana.

5º) PASAR a Gestión Documental a los efectos de realizar la notificación y comunicaciones dispuestas.

6º) CUMPLIDO , archívese.

 

 

Dr. Juan Gómez

Director General (s)

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