Resolución N° 57/022 Secretaría General
Resolución N° 057/2022
VISTO: La tareas desarrolladas en las distintas sedes fiscales.
RESULTANDO: 1) Que la implementación del nuevo Código del Proceso Penal ha significado un cambio sustancial en la forma de trabajo de las Fiscalías, determinando modificaciones en la organización y en la distribución de tareas.
2) Que en el caso de las Fiscalías Departamentales de Maldonado, Rivera y Rocha atento a que se vio incrementado el volumen de trabajo resultó necesario dotarlas de apoyo administrativo para los días feriados y fines de semana.
CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expuesto corresponde autorizar un régimen voluntario de guardias administrativas para asistir a dichas sedes.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 29 del T.O.C.A.F. (Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012), en las resoluciones de la Dirección General N° 255/2016 de 12 de abril de 2016 y N° 615/2021 de 30 de agosto de 2021 y en el Anexo “Gastos corrientes e inversiones” de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020
LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1°) AUTORIZAR un régimen especial de guardias administrativas en las Fiscalías Departamentales de Maldonado, Rivera y Rocha, a desarrollarse en forma presencial los fines de semana y feriados, el que será de aplicación exclusivamente a funcionarios que ocupen cargos del escalafón AD grados II y III.
2°) DISPONER que los Fiscales titulares de las sedes podrán convocar a los funcionarios comprendidos en este régimen -un funcionario por día-, exclusivamente cuando deban realizarse tareas que sean imprescindibles para el cumplimiento de los cometidos de la Institución y no puedan posponerse para cumplirse en días hábiles. Los funcionarios que concurran deberán presentarse en las sedes en la fecha y horario dispuestos por los fiscales, y cumplir una jornada máxima de ocho horas, registrando la marca en el SGH 2.0, tanto a la entrada como al finalizar la jornada.
3°) DETERMINAR que los funcionarios que realicen las referidas guardias, percibirán una compensación por día de guardia administrativa correspondiente a ocho horas presenciales, de $ 4.243 (a valores 01/01/2022) para quienes ocupen cargos del escalafón AD, grado II y de $ 5.194 (a valores 01/01/2022) para quienes ocupen cargos del escalafón AD, grado III. Las guardias administrativas diarias que difieran en carga horaria a lo establecido, se prorratearán según corresponda. Dichos montos deberán ajustarse de acuerdo al porcentaje de ajuste que determine el Poder Ejecutivo para las remuneraciones de los funcionarios públicos.
4°) EN los primeros cuatro días hábiles de cada mes, el Jefe Administrativo de la sede, deberá informar el detalle de las guardias o la no realización de las mismas al Departamento de Gestión Humana, el que será contrastado con los registros de marcas en el SGH 2.0 por el referido Departamento . Asimismo, deberá contener un breve comentario de las tareas realizadas, indicando el caso o asunto trabajado y el NUNC, quedando el pago de la compensación sujeto a la presentación de dicho informe.
5°) LA erogación resultante se imputará con cargo al objeto de gasto 042.511 “Compensación especial por funciones especialmente encomendadas”.
6°) NOTIFICAR a las Fiscalías Departamentales de Maldonado, Rivera y Rocha.
7°) COMUNICAR a la Dirección General y a los Departamentos Financiero Contable y Planificación y Presupuesto.
8°) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
9°) CUMPLIDO, siga al Departamento de Gestión Humana para conocimiento y demás efectos.
Secretaria General
Cra. Alejandra Méndez