Resolución N° 587/023 Dirección General (s)

Traslado

Visto: la necesidad de reorganizar el servicio.

Resultando: Que a efectos de reorganizar el servicio resulta necesario proceder a realizar una adecuada distribución de los recursos humanos en distintas sedes fiscales, disponiendo los traslados correspondientes.

Considerando: 1) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, es competencia del Director General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.

2) Que es potestad del proveyente el traslado de fiscales a otras jurisdicciones territoriales y a otras materias, si las necesidades del servicio así lo requieren conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derechos adquiridos (artículo 53 de la ley N.º 19.483).

3) Que por Resolución N.º 321/2021 de 10 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas sedes dentro del territorio nacional, así como al momento de determinar el número de integrantes de cada una de ellas, conforme los cuales se dispondrá el traslado objeto de la presentes resolución.

4) Que el traslado que se establece en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado o de jerarquía, por lo que el mismo no lesiona derechos adquiridos de la profesional trasladada ni de otros fiscales.

Atento: a lo expuesto, y a lo dispuesto en los literales G) y J) del artículo 5 de la Ley N° 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b), 53 y 59 de la ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017; Resolución N.º 321/2020 de 10 de julio de 2020; Resolución N.º 242/2020 de 19 de mayo de 2020;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Disponer a partir del día 31 de mayo de 2023 el traslado de la Fiscal Letrada Adscripta que se menciona a continuación: - Dra. Silvia Mabel Trinidad Echague de la Fiscalía Departamental de Artigas de 1º turno a la Fiscalía Departamental de Salto de 3º turno.

2°) Notificar a la Fiscal mencionada en la presente resolución.

3°) Establecer que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de domicilio ante el Departamento de Gestión Humana.

4º) Comunicar a las Fiscalías Departamentales de Artigas de 1º y 2º turno y a las Fiscalías Departamentales de Salto.

5º) Comunicar a la Fiscalías Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Gestión Humana, a Sistemas de Información y Tecnología, Soporte IT, Mesa de ayuda informática y Sippau.

6°) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

7°) Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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