Resolución N° 588/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación

Derechos de abstención.-

Resolución Nº 588/2021.

VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Paso de los Toros, Dra. Daniela Revello, en la causa “Prueba anticipada y/o diligencia preparatoria”, IUE 2-18928/2021, NUNC 2021135181 – 2021137237 – 2021122541.

RESULTANDO: 1) Que se encuentran ampliamente fundados los motivos aducidos por la Dra. Revello para solicitarel derecho de abstención, por razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley No 19.483.

2) Que por Resolución N.o 321/2021 de 18 de mayo de 2021 se delegó en el Fiscal Adjunto de Corte la facultad de conceder el derecho de abstención de los Fiscales Letrados.

CONSIDERANDO: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que la Resolución N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 5, y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015 y Resoluciones N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017 y 321 de 18 de mayo de 2021;

EL FISCAL ADJUNTO DE CORTE

en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1°) CONCEDER a la Fiscal Letrada Departamental de la Fiscalía Departamental de Paso de los Toros, Dra. Daniela Revello la abstención solicitada.

2°) SUBROGAR a la solicitante en el conocimiento de la investigación mencionada en el Visto, con el titular de la Fiscalía Departamental de Tacuarembo de 1o turno, Dr. Ignacio Montedeocar.

3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados Departamentales de la Fiscalía Departamental de Paso de los Toros y Tacuarembó de 1o turno, Dra. Daniela Revello y Dr. Ignacio Montedeocar respectivamente.

4°) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

 

Dr. Juan Gómez

Fiscal Adjunto de Corte

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