Resolución N° 594/025 Dirección General (S)

Asignación de Funciones

VISTO: la situación funcional de la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno.

RESULTANDO: Que la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno se encuentra acefeala ante la ausencia de un Fiscal Letrado Departamental.

CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 59 de la Constitución de la República establece que “La ley establecerá el Estatuto del Funcionario sobre la base fundamental de que el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”.

2) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal G) de la ley N.º 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015, es competencia de la Directora General garantizar el funcionamiento regular y eficiente del servicio, dictando las disposiciones y realizando los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios para ello.

3) Que el artículo 39 literal A) de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017 en la redacción dada por el artículo 511 de la Ley N.º 20.212 de 6 de noviembre de 2023, dispone que “Corresponde a los Fiscales Letrados Suplentes: Subrogar con carácter específico y provisorio, cuando las necesidades del servicio así lo impongan, a los Fiscales Letrados de Montevideo, Fiscales Letrados Especializados y Fiscales Letrados Departamentales”.

4) Que la designación de la Dra. Isabel Ithurralde en la Fiscalía Departamental de Pando 2º turno se dispuso hasta nueva resolución en contrario.

5) Que la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno se encuentra sin Fiscal Departamental titular, disponiéndose las subrogaciones correspondientes de dicha titularidad a efectos de no resentir el servicio.

6) Que las restantes Fiscales Letradas Suplentes se encuentras asignadas a otras unidades fiscales prestando funciones por disposición de esta proveyente.

7) Que por lo expuesto, corresponde asignar a la Dra. Isabel Iturralde a la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno a partir del día 21 de julio de 2025 y hasta nueva disposición en contrario.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente; a lo dispuesto por los artículos 2 y 5 de la Ley N.º 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículos 23 literal B), 27 literal F), 39 y 59 de la Ley N.º 19.483 de fecha 5 de enero de 2017; Resolución N.º 097/2025 de 12 de febrero de 2025;


LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
 

1º) ASIGNAR, a partir del día 21 de juliode 2025 y hasta el dictado de nueva resolución en contrario a la Fiscal Letrada Suplente Dra. Isabel ITHURRALDE CASTRO, a la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno.

2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada antes mencionada.

3º) ESTABLECER que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de domicilio ante el Departamento de Gestión Humana y la rendición de cuentas documentada correspondiente en cuanto le sea solicitada.

4º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Pando 2º turno y a la Fiscalía Departamental de Rivera de 2º turno.

5º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, Unidad de Género, a los Departamentos de Comunicación, Gestión Humana, Cooperación Internacional, Políticas Públicas, Depuración, Priorización y Asignación, Centro de Formación, Liquidación de Haberes, Financiero Contable, Sistemas de información y Tecnología, al Área a Soporte IT, Mesa de Ayuda informática y a SIPPAU.

6º) COMUNICAR al Poder Judicial y al Ministerio del Interior, al correo
dgat-interinstitucional@minterior.gub.uy

7º) PASAR a Gestión Documental para el cumplimiento de la notificación y comunicaciones dispuestas.
Cumplido, archivese.
 

Dra. Mónica Ferrero
Directora General (S)

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