Resolución N° 599/021 Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación

Fiscalias - funcionamiento.-

Resolución Nº 599/2021.

VISTO: Lo dispuesto por la Resolución N.o 036/2021, de fecha 29 de enero de 2021.

RESULTANDO:1) Que por la citada Resolución se creó la Oficina de Ejecución de Canelones, con el cometido de intervenir en forma centralizada en todos los procesos de ejecución penal en los que deban intervenir las unidades fiscales del Departamento de Canelones.

2) Que motivó su dictado la necesidad de optimizar los recursos y evitar los traslados de fiscales y expedientes que hasta el momento se realizaban desde todas las sedes fiscales del Departamento de Canelones hacia los Juzgados Letrados de Primer Instancia de Ejecución y Vigilancia de Canelones de 1° y 2° turno, con jurisdicción en todo el Departamento de Canelones y con asiento en la capital departamental.

3) Que en la indicada resolución, al determinar el ámbito de actuación de la Oficina de Ejecuciones, en el ordinal 3° de la parte resolutiva se dispuso que “dicha oficina intervendrá en todos los procesos de ejecución de sentencias que se tramiten en los Juzgados Letrados del Departamento de Canelones”.

4) Que al consignar en el precitado acto administrativo, dichoámbito de actuación, se omitió la identificación exacta de los Juzgados de Ejecución y Vigilancia de Canelones.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo indicado, corresponde delimitar el ámbito de actuación de la Oficina de Ejecuciones de Canelones modificando la referencia a que “dicha oficina intervendrá en todos los procesos de ejecución de sentencias que se tramiten en los Juzgados Letrados del Departamento de Canelones”, por“dicha oficina intervendrá en todos los procesos de ejecución de sentencias que se tramiten en los Juzgados Letrados de Primer Instancia de Ejecución y Vigilancia de Canelones”.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 5 literal G de la ley No 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1°) MODIFICAR el ordinal 3° del Resuelve de la Resolución N° 036/2021, el que deberá decir:“ DETERMINAR que dicha oficina intervendrá en todos los procesos de ejecución de sentencias que se tramiten en los Juzgados Letrados de Primer Instancia de Ejecución y Vigilancia de Canelones”.

2°) COMUNICAR a la Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, al Área a Soporte IT, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Gestión Humana a Sippauy a todos los funcionarios de la Institución.

3°) COMUNICAR al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio del Interior y a la Suprema Corte de Justicia.

4º) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

 

Dr. Jorge Díaz

Director General

 

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