Resolución N° 605/023 Dirección General (s)

derecho de abstención

Visto: La solicitud de derecho de abstención formulada por las Fiscales Letradas (subrogantes) de la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno, Dra. Silvia Mazzara y Dra. Jeannine Bittencourt.

Resultando: 1) Que las gestionantes solicitan el derecho de abstención, en la investigación identificada con el NUNC 2023144505.

2) Que fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 19.483, motivan la presente, el hecho de que el Fiscal Letrado Adscripto, Dr. Martin Galliazi, quien se desempeña en la sede fiscal de 4º turno, formuló denuncia por amenazas proferidas en su contra por el imputado Gustavo Carballo, integrante de la inmobiliaria Larrañaga de Salto, siendo el Dr. Galliazzi inquilino de dicho apartamento.

3) Que atento a lo expresado, correspondería, por razones de decoro designar un subrogante que no forme parte de la sede fiscal de Salto.

4) Que la Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

5) Que sin perjuicio de lo expresado, conforme lo dispuesto por el ordinal 2º del acto administrativo mencionado ut supra, es Facultad del Jerarca designar subrogante apartándose del régimen referido.

Considerando: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que es facultad del suscrito dictar aquellas medias que permitan potenciar los recursos disponibles para la mejor concreción de los objetivos sustanciados.

3) Que corresponde a la Administración adoptar las medidas que considere necesarias a fin de evitar que el funcionamiento del servicio se vea resentido.

4) Que teniendo en cuenta la solicitud impetrada, se estima conveniente apartarse de lo dispuesto en el ordinal 1, literal G.1.b) de la Resolución N.º 034/2017 y designar un Fiscal subrogante de una sede fiscal que no forme parte del equipo fiscal de Salto, de acuerdo al régimen dispuesto en el ordinal 2) del acto administrativo mencionado.

Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal g) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal c) y 23 literal b) y 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1°) Conceder a las Fiscales Letradas (Subrogantes) de la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno, Dra. Mazzara y Dra. Bittencourt la abstención solicitada.

2°) Subrogar a las solicitantes en el conocimiento de la investigación mencionada en el Resultando 1), con la titular de la Fiscalía Departamental de Bella Uniòn.

3°) Notificar a las Fiscales Letradas (subrogantes) de la Fiscalía Departamental de Salto de 3° turno y de Bella Unión, Dra. Silvia Mazzara, Dra. Jeannine Bittencourt y Dra. Stella Da Silva respectivamente.

4°) Comunicar a Sippau, al Departamento Informático, a Mesa de Ayuda y al Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese. 

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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