Resolución N° 612/021 Dirección General.-

Inconstitucionalidades.-

Resolución Nº 612 /2021.

VISTO: el Dictamen fiscal de fecha 10 de agosto de 2021 emitido por la Sra. Fiscal Letrada de Homicidios de 2o turno, Dra. Mirta Morales en autos caratulados “Techera Das Neves, Miguel y otros c/ Poder Ejecutivo y otros. Acción de inconstitucionalidad Arts. 2, 8 y 9 de la ley N.o 19310” IUE 1-122/2018 .

RESULTANDO: 1) Que por Resolución N.o 792/2019 del 21 de octubre de 2019, ante la excusación del proveyente para intervenir como tercero dictaminante en los autos referidos, fue legalmente designado para actuar como su subrogante el Dr. Fernando Romano.

2) Que por Resoluciones 111/2020 de fecha 5 de marzo de 2020, 368/2020 de 4 de agosto de 2020 y 407/2020 de fecha 21 de agosto de 2020 se concedieron las excusaciones solicitadas por la Dra. Sabrina Flores, Dra. María de los Ángeles Camiño y el Dr. Luis Pacheco respectivamente para intervenir en estos autos.

3) Que por Resolución N.o 127/2021 de 3 de marzo de 2021 y Resolución N.o 506/2021 de 20 de julio de 2021 se concedió la excusación a la Dra. Graciela Peraza y de la Dra. Silvia Pérez respectivamente.

4) Que en razón de lo anterior, y de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente resultó sorteada la Dra. Mirta Morales, Fiscal Penal de Montevideo de Homicidios de 2o turno.

5) Que tras ser notificada, la referida Fiscal solicitó su Excusación amparándose en que dichos extremos fueron los mismos que presentaron un grupo de fiscales en autos 1-83/2014, entre los cuales se encuentra incluida la solicitante, para atacar las mismas normas que hoy promueven los accionantes, adhiriéndose además al acuerdo transaccional entre las la Asociación de Magistrados, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio de Economía, por lo que solicita excusarse por razones de decoro delicadeza.

CONSIDERANDO: 1) Que las razones invocadas por la Dra. Mirta Morales para apartarse de intervenir en la causa precitada se encuentran previstas en el artículo 57 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, al regularse el instituto de la excusación.

2) Que en aplicación de la norma antes referida corresponde apartarla de intervenir como subrogante del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en la causa mencionada y disponer se proceda a realizar el sorteo previsto en el artículo 59 inciso 2° de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, a los efectos de dictaminar el Fiscal Letrado de Montevideo subrogante.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 5 literal G) de la Ley No 19.334 del 14 de agosto de 2015, artículos 21, 57, 59 y concordantes de la ley 19.483 del 5 de enero de 2017;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

1º) EXCUSAR a la Sra. Fiscal Letrado de Montevideo de Homicidios 2o turno, Dra. Mirta MORALES, de intervenir – en calidad de subrogante del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación – como tercero dictaminante en el expediente caratulado “ Techera Das Neves, Miguel y otros c/ Poder Ejecutivo y otros. Acción de inconstitucionalidad Arts. 2, 8 y 9 de la ley N.o 19310” IUE 1-122/2018.

2°) DISPONER que la Secretaría General, por medio del Departamento Jurídico Notarial, realice el sorteo previsto en el inciso segundo del art. 59 de la Ley N° 19.483, entre los Fiscales Letrados de Montevideo, y en un plazo no mayor a 48 horas, para determinar el subrogante del Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación en la causa mencionada en el ordinal precedente.

3º) ESTABLECER que el acto deberá registrarse en acta y comunicado al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, a los efectos de ser presentado en el correspondiente expediente judicial.

4°) NOTIFICAR a la Dra. Mirta MORALES y al que resultare sorteado.

5°) PASAR a la Secretaría General de la Fiscalía General de la Nación a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los ordinales que anteceden. CUMPLIDO, archívese.

 

 

Dr. Jorge Díaz

Director General

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