Resolución N° 664/026 Dirección General (S)

Derechos de abstención

VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por el Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1° turno, Dr. Julio Baladán.

RESULTANDO: 1) Que el gestionante solicita el derecho de abstención, en relación al NUNC 2026233659.
2) Que por fundadas razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Nº 19.483, solicita el derecho de abstención en las causas mencionadas.
3) Que la Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.
4) Que sin perjuicio de lo expresado, conforme lo dispuesto por el ordinal 2º del acto administrativo mencionado ut supra, es Facultad del Jerarca designar subrogante  apartándose del régimen referido.

CONSIDERANDO: 1) Que a juicio de la suscrita, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.
2) Que es facultad de la suscrita dictar aquellas medidas que permitan potenciar los recursos disponibles para la mejor concreción de los objetivos sustanciados, como asimismoevitar que el funcionamiento del servicio se vea resentido.
3) Que teniendo en cuenta los motivos expuestos, se estima conveniente apartarse de lo dispuesto en el ordinal 1, literal G.1.b) de la Resolución N.º 034/2017 y designar un Fiscal subrogante que no cumpla funciones en la Fiscalía Departamental de Rivera, de acuerdo al régimen dispuesto en el ordinal 2) del acto administrativo mencionado.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal g) de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 21 literal, 23 literal b), 27 literal c) y 58 de la Ley N.º 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.º 034/2017 de 1º de febrero de 2017;

LA DIRECTORA GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:

1°) CONCEDER al Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1° turno, Dr. Julio Baladán la abstención solicitada.

2°) SUBROGAR al solicitante en el conocimiento de las investigaciones mencionadas en el Resultando 1), con la Fiscal Letrada de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1° turno. 

3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados de la Fiscalía Departamental de Rivera de 1º Turno Dr. Julio Baladan; de 2º Turno Dr. Casarino; de 3º Turno Dra. Domínguez; a la Fiscalía de Genero Dra. Aviles y a la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º Turno Dr. Cristian Bueno, respectivamente.

4°) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático, Mesa de Ayuda y al Departamento de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

Descargas