Resolución N° 67/022 Dirección General (s)
Resolución Nº 067/2022.
VISTO: la nota presentada por el Sr. Elbio Fariña.
RESULTANDO : 1) Que en nota manuscrita se presentó el Sr. Fariña en nota dirigida al Dr. Fernando
Romano, en la que refiere a la denuncia del hurto de su vehículo.
2) Que el Dr. Romano, titular de la Fiscalía de Flagrancia y turno de 9o turno, informó sobre los hechos relacionados, las medidas dispuestas en la investigación y la decisión de archivo oportunamente adoptada.
3) Que se solicitó el pronunciamiento del Departamento Jurídico Notarial de la institución, que se pronunció en Dictamen n.o 4/2022, estableciendo el alcance del contralor administrativo que tiene el jerarca, la vigencia del principio de independencia técnica, la existencia de medios procesales adecuados de garantía para los justiciables y la sugerencia del archivo luego de la vista prevista en el art. 75 del Decreto número 500/991.
CONSIDERANDO: Que conforme lo sugerido por el Departamento Jurídico Notarial, y habiéndose conferido vista de las presentes actuaciones al peticionante sin haberla evacuado, resulta pertinente proceder al archivo de las mismas.
ATENTO : a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial, a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículo 23 literal B) de la ley N.o
19.483 de 5 de enero de 2017; y a lo dispuesto por los artículos 12 y 75 del Decreto 500/991 de 3 de octubre
de 1991;
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) DISPONER el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo informado por el Departamento
Jurídico Notarial.
2º) NOTIFICAR al Sr. Elbio Fariña.
3º) PASAR a Gestión Documental a los efectos de notificar lo dispuesto. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)