Resolución N° 675/021 Dirección General.-
Resolución Nº 675 /2021.
VISTO : la necesidad de reorganizar el servicio.
RESULTANDO : 1) Que por Resolución N.o 674/2021 de 17 de setiembre de 2021 se dispuso el traslado de la Dra. Ana Claudia Lema Crocamo de la Fiscalía Departamental de Pando 1o turno a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8o turno.
2) Que a partir del precitado traslado y a fin de reorganizar el servicio resulta necesario proceder a realizar una adecuada distribución de los recursos humanos en distintas sedes fiscales disponiendo el traslado correspondiente.
3) Que la Dra. Katia Aviles oportunamente solicitó al proveyente su traslado a otra Sede Fiscal de analoga naturaleza a la que en esta oportunidad se la destina, lo cual se tuvo presente.
CONSIDERANDO : 1) Que es potestad del proveyente el traslado de Fiscales a otras jurisdicciones si las necesidades del servicio así lo requieren, conservando su jerarquía y en tanto no se afecten los derechos de su carrera funcional y derecho adquirido de conformidad con los dispuesto por el artículo 53 de la ley N.o 19.483.
2) Que está dentro de las potestades que el artículo 5 literal j) de la ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, le asigna al proveyente el disponer el traslado de los Fiscales a Sedes de similar categoría.
3) Que por Resolución N.o 321/2020 de 10 de julio de 2020 se aprobaron los criterios objetivos para proceder a los traslados de los Fiscales Letrados a las distintas sedes dentro del territorio nacional.
4) Que uno de los indicadores a tener presente dentro del perfil del funcionario y que se encuentra recogido en el acto administrativo precitado refiere a la experiencia del funcionario por antigüedad n la carrera y en el cargo.
5) Que la Dra. Katia Aviles actualmente cumple con la antigüedad y experiencia en el cargo para proceder a su traslado.
6) Que asimismo, se tiene presente el lugar de prelación que ocupó para acceder al cargo de Fiscal Letrado Adscripto y la permanencia en el destino asignado.
7) Que el traslado que se dispone en este acto constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que, el mismo no lesiona derechos adquiridos de otros fiscales.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República; artículo 5 literales g) del de la Ley No 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículo 53 de la ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, Resolución N.o 242/2020 de 19 de mayo de 2020 y Resolución N.o 321/2020 de 10 de julio de 2020;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) DISPONER, a partir del 20 de setiembre de 2021, el traslado de la Fiscal Letrada que se detalla a continuación:
- Dra. Katia Carolina AVILES VALERIO de la Fiscalía Departamental de Paysandú de 2o turno a la Fiscalía Departamental de Pando de 1o turno.
2º) NOTIFICAR a la Fiscal Letrada mencionada en la presente resolución.
3º) COMUNICAR a la Fiscalía Departamental de Paysandú de 2o turno y a la Fiscalía Departamental de Pando de1o turno.
4º) COMUNICAR a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, a la Unidad de Víctimas y Testigos y a la Unidad de Género, al Centro de Formación, al Departamento de Gestión Humana, al Área a Soporte IT, y a Sippau.
5º) ESTABLECER que la funcionaria deberá cumplir con los requisitos de Declaración Jurada de Domicilio ante el Departamento de Gestión Humana.
6º) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar la notificación y comunicación dispuestas. Cumplido, archívese.
Dr. Jorge Díaz
Director General