Resolución N° 76/023 Dirección General (s)

Pase en comisión

Visto: la solicitud de pase en comisión de la Sra. Celia Inés Ferreira Lemos incoada por el Ministerio de Educación y Cultura.

Resultando: 1) Que por nota de fecha 2 de diciembre de 2022, el Ministerio de Educación y Cultura solicitó el pase en comisión de la funcionaria Celia Ferreira, funcionaria administrativa de la Fiscalía Departamental de Artigas, para prestar funciones en la Dirección General de Registros del Departamento de Artigas.

2) Que pasadas las actuaciones a Secretaría General, ésta se expide a folio 8.

3) Que pasadas las actuaciones a la Fiscalía Departamental de Artigas de 2° Turno, ésta se manifiesta a fojas 15 y 16 de autos.

Considerando: 1) Que la presente solicitud de pase en comisión, se realiza al amparo de lo establecido por el artículo 32 de la Ley N.º 15.851 de fecha 24 de diciembre 1986 en la redacción que le fuera dada por el artículo 24 de la Ley N.º 19.924 de fecha 18 de diciembre de 2020.

2) Que el artículo 210 de la Ley N.º 19.996 de fecha 3 de noviembre de 2021, dispuso para la Unidad Ejecutora 018 Dirección Dirección General de Registros, del Inciso 11 Ministerio de Educación y Cultura, una excepción en los pases solicitados por sus jerarcas con carácter de “asistencia directa”.

3) Que los pases en comisión para desempeñar tareas de asistencia directa, tiene carácter preceptivo al amparo de lo establecido por el artículo 23 de la Ley N.º 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007: “ Los traslados en comisión de los funcionarios solicitados para desempeñar tareas de asistencia directa al Presidente de la República, Vicepresidente de la República, Ministros y Subsecretarios de Estado, y Legisladores Nacionales tienen carácter preceptivo, salvo lo dispuesto por normas especiales.”

4) Que sin perjuicio del carácter preceptivo indicado, conforme lo informado por la Secretaría General a folio 8, no se cuenta con personal administrativo suficiente en la Fiscalía Departamental de Artigas para lograr una eficiente prestación del servicio, esto es, dos funcionarios administrativos en cada turno, contando además actualmente en dicho cuadro funcional, con al menos un funcionario administrativo con causal jubilatoria.

5) Por lo expuesto y a efectos de asegurar la correcta prestación del servicio, es que se resolverá no hacer lugar al pase en comisión de la funcionaria administrativa Sra. Celia Inés Ferreira Lemos.

Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, al artículo 23 literal B) y 59 de la Ley Nº 19.483 de 5 de enero de 2017;

El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación

Resuelve:

1º) No hacer lugar a la solicitud del pase en comisión de la funcionaria administrativa, Sra. Celia Inés Ferreira Lemos, incoada por el Ministerio de Educación y Cultura.

2º) Notificar al Ministerio de Educación y Cultura.

3º) Notificar a la Sra. Celia Ferreira.

4º) Comunicar a la Fiscalía Departamental de Artigas.

5º) Pasar a Gestión Documental a los efectos de realizar las notificaciones y comunicación dispuesta.

6º) Cumplido, archivese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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