Resolución N° 772/021 Dirección General (s)
Resolución Nº 772/2021.
VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por la Fiscal Letrada de Montevideo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 4° turno, Dra. Sylvia Lovesio, en la novedad policial individualizada con el NUNC 2018092529, SGSP 7116959.
RESULTANDO: Que la Dra. Lovesio solicita el derecho de abstención, fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley No 19.483, ya que la denunciante comunicó a la Institución la disconformidad de su accionar en la investigación llevada adelante por dicha sede fiscal respecto del denunciado Marcos Motta realizada por la denunciante Noelia Cipriani por un delito de Abuso Sexual especialmente agravado respecto del
hijo menor de ambos.
CONSIDERANDO: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.
2) Que la Resolución N.o 666/2021de 17de setiembre de 2021dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Penales de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, 21 literal C, 23 literal B y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.o 666/2021de 17de setiembre de 2021;
EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE
1°) CONCEDER a la Fiscal Letrada de Montevideo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 4° turno, Dra. Sylvia Lovesio,la abstención solicitada.
2°) SUBROGAR a la solicitante en el conocimiento de la investigacion mencionada en el Visto, con su homónimo de 8° turno.
3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados de Montevideo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 4° y 8° turno, Dra. Sylvia Lovesio y Dr. Maximiliano Sosa respectivamente.
4°) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.
5o) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)