Resolución N° 774/021 Dirección General (s)

Derechos de Abstención.-

Resolución Nº 774/2021.

VISTO: La solicitud de derecho de abstención formulada por el Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Artigas de 1° turno, Dr. Hermes Antunez en las investigaciones individualizadas con el NUNC 2020141584 (denunciante Marina Brasil, caso 1, 2021252589 (denunciada Marina Brasil), 2021252600 (denunciante Marina Brasil), y NUNC 2021254091 denunciada Marina Brasil.

RESULTANDO: 1) Que el Dr. Antunez solicita el derecho de abstención, fundándose en razones de decoro y delicadeza, conforme con lo establecido en el artículo 58 de la Ley No 19.483, ya que la señora Marina Brasil realizó publicaciones en facebook agraviantes contra el gestionante.-
 

2) Que atento a lo expresado, el Fiscal Letrado Departamental radicó denuncia penal contra la señora Brasil por difamación e injurias, siendo el mismo tramitado por el último Nunc mencionado en el Visto.

CONSIDERANDO: 1) Que a juicio del suscrito, el motivo aducido para apartarse del conocimiento de dicho expediente, estaría contemplado dentro de las causales que la citada norma legal refiere para el ejercicio del derecho de abstención, en cuanto debe preservarse el abordaje objetivo del proceso.

2) Que la Resolución N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017 dispuso el régimen de subrogación de las Fiscalías Departamentales.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 literal G de la Ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, 5, 21 literal C, 23 literal B y 58 de la Ley N.o 19.483 de 5 de enero de 2017, y Resolución N.o 034/2017 de 1o de febrero de 2017;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) CONCEDER al Fiscal Letrado Departamental de la Fiscalía Departamental de Artigas de 1 ° turno, Dr. Hermes Antunez la abstención solicitada.

2°) SUBROGAR al solicitante en el conocimiento de las investigaciones mencionadas en el Visto, con su homónima de 2° turno.

3°) NOTIFICAR a los Fiscales Letrados Departamentales de la Fiscalía Departamental de Artigas de 1° y 2° turno, Dr. Hermes Antunez y Dra. Sabrina Massaferro, respectivamente.

4°) COMUNICAR a Sippau, al Departamento Informático y al Área de Depuración, Priorización, y Asignación.

5º) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas. Cumplido, archívese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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