Resolución N° 79/021 Secretaría General.-

Autorizaciones - guardias administrativas.-

Resolución N°. 079/2021.

VISTO: Las tareas desarrolladas por el personal de la Unidad de Víctimas y Testigos.

RESULTANDO:1)Que a efectos de atender las llamadas telefónicas de las Fiscalías Penales de todo el país en días y horarios inhábiles, feriados y fines de semana, la referida unidad estableció la necesidad de contar con un servicio de guardia de lunes a viernes en el horario de 20:00 a 08:00 horas y los sábados, domingos y feriados las 24:00 horas.

2) Que por el tipo de tarea es preciso definir dos (2) niveles de servicio, el primero de atención directa, y el segundo de supervisión. Esto implica que el funcionario asignado a la atención directa percibirá un incremento en su remuneración de $ 21.902,00 (pesos uruguayos veintiún mil novecientos dos), y de $ 26.770,00 (pesos uruguayos veintiséis mil setecientos setenta) quien realice la supervisión, por 30 días mensuales trabajados, o la suma
prorrateada que le corresponda.

3) Que existe evidencia sobre la prevalencia de ocurrencia de hechos de violencia, en especial los de VBG y homicidios, durante los fines de semana, días y horarios inhábiles y días festivos.

4) Que en Uruguay, los servicios de atención a víctimas tienen importantes restricciones los días y horarios inhábiles, a excepción de la salud.

CONSIDERANDO:Que corresponde establecer un régimen de guardias de técnicos de la UVyT para asistir a todas las fiscalías penales del país.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la resolución de la Dirección General N° 255/2016 de 12 de abril de 2016, en el artículo 29 del T.O.C.A.F. (Decreto No 150/012 de 11 de mayo de 2012) y en el Anexo “Gastos corrientes e Inversiones” de la Ley N° 19.924 de 18 de diciembre de 2020;

                                                      LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

                                                                                                         RESUELVE:

1°) ESTABLECER el siguiente régimen de guardias para los técnicos de la UVyT de acuerdo al tipo de tarea que realicen. Se denominará “guardia nivel 1” la tarea de atención directa cuya remuneración será de $ 21.902,00 (pesos uruguayos veintiún mil novecientos dos) por 30 días mensuales trabajados, o la suma prorrateada que le corresponda; y “guardia nivel 2” la tarea de supervisión, que tendrá una remuneración de $ 26.770,00 (pesos uruguayos veintiséis mil setecientos setenta) por 30 días mensuales trabajados, o la suma prorrateada que le corresponda.

2°) EN un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la culminación de las guardias del mes, la Directora (E) de la Unidad de Víctimas y Testigos, deberá informar el detalle de las guardias al departamento de Gestión Humana. El mismo, deberá contener un breve comentario de las tareas realizadas, indicando el caso o asunto trabajado y el NUNC, quedando el pago de la compensación sujeto a la presentación de dicho informe.

3°) LA erogación resultante se imputará con cargo al objeto de gasto 042.511 “Compensación Especial por funciones especialmente encomendadas”.

4°) ESTABLECER que en el servicio de guardia se atiende exclusivamente:

a) las situaciones de alto riesgo, aquellas que el equipo fiscal requiere intervención de la unidad en sede fiscal, domicilio y otras instituciones (centros de salud, por ejemplo). Instrucción General N°5.

b) los casos en el marco de operativos especiales donde los fiscales requieren una línea segura para que se comuniquen víctimas o se brinde información. En especial han sido investigaciones referidas a delitos sexuales que requieren especial manejo de la información y trato con las víctimas para garantizar su atención y colaboración con la justicia.

c) contención y apoyo a la orden para los testigos protegidos cuando están bajo acompañamiento de la FGN.

d) derivar al técnico de cada localidad para dar continuidad al plan de acompañamiento en día/horario hábil.

5°) COMUNICAR a la Unidad de Víctimas y Testigos, a los departamentos Financiero Contable y Planificación y Presupuesto, a la Dirección General y a la Fiscalía Adjunta de Corte.

6°) PASAR a Gestión Documental a efectos de realizar las notificaciones y comunicaciones dispuestas.

7°) CUMPLIDO, siga al Departamento de Gestión Humana para su conocimiento y demás efectos.

 

 

Cra. Alejandra Méndez

Secretaria General

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