Resolución N° 836/021 Dirección General (s)

Solicitudes.-

Resolución N° 836/2021.

VISTO: la solicitud de pase en comisión de la Sra. Daniela Márquez incoada por la Intendencia Departamental de Rivera.

RESULTANDO: 1) Que por Oficio N.o 1073/2021 de fecha 4 de octubre de 2021, la Intendencia Departamental de Rivera solicitó el pase en comisión de la funcionaria Daniela Márquez Souza (4.490.441-4), funcionaria administrativa de la Fiscalía Departamental de Rivera, para prestar funciones en el mencionado organismo por el tiempo que comprende el período el Gobierno Departamental actual de dicho departamento.

2) Que pasadas las actuaciones a Secretaría General, ésta se expide a folio 13.

CONSIDERANDO: 1) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil es conteste en señalar que los pases en comisión de los funcionarios públicos a prestar servicios en otra repartición diversa a la de su origen es una situación excepcional.

2) Que de acuerdo a lo previsto por el artículo 22 de la ley No16.320 promulgada el 1 de noviembre de 1992, por el cual se señala que no podrá disponerse el pase en comisión de funcionarios dependientes de la Administración Central a otros organismos del Poder Ejecutivo, Entes Autónomos o Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales, Corte Electoral, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Poder Judicial y viceversa, sin perjuicio de los regímenes especiales vigentes, y de lo dispuesto por el artículo 15 de la ley 16.226, de 29 de octubre 1991.

3) Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 5 literal F) de la ley N.o 19.334 corresponde al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación designar, promover, trasladar y destituir a los funcionarios de su dependencia, pudiendo realizar las contrataciones de personal que considere necesarias dentro del marco legal vigente.

4) Que la Secretaria General se expide a folio 13 sugiriendo no hacer lugar a la solicitud de pase en comisión de la funcionaria Sra. Daniela Márquez, en tanto no se cuenta con personal administrativo suficiente en la Fiscalía Departamental de Rivera para lograr una eficiente prestación del servicio, esto es, tres funcionarios administrativos en cada turno.

5) Por lo expuesto y a efectos de asegurar la correcta prestación del servicio, es que se resolverá no hacer lugar al pase en comisión de la funcionaria administrativo Sra. Daniela Márquez Souza.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.o 19.334 de 14 de agosto de 2015, al artículo 23 literal B) de la Ley No 19.483 de 5 de enero de 2017, a lo dispuesto por el artículo 22 de la ley N.o 16.320 de 1o de noviembre de 1992;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) NO HACER LUGAR a la solicitud del pase en comisión de la funcionaria administrativa, Sra. Daniela Márquez Souza documento de identidad número 4.490.441-4, incoada por la Intendencia Departamental de Rivera.

2°) NOTIFICAR a la Intendencia Departamental de Rivera.

3°) NOTIFICAR a la Sra. Daniela Márquez Souza.

4°) PASAR a Gestión Documental a los efectos de realizar las notificaciones dispuestas.

5°) CUMPLIDO , archivese.

 

Dr. Juan Gómez
Director General (s)

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