Resolución N° 872/022 Dirección General (s)
Visto: la petición incoada por el Dr. Ignacio Arias.
Resultando: 1) Que con fecha 26 de julio de 2022 se presentó el Dr. Arias solicitando se disponga su traslado horizontal hacia la Fiscalía de Ciudad de Costa donde desempeñaba funciones antes del dictado de la Resolución N° 182/2022 y se le reserve su derecho al ascenso, obtenido mediante concurso de oposición y méritos para ocupar un cargo de Fiscal Letrado Departamental, hasta que su estado de salud le permita afrontar con calidad laboral la tarea de Fiscal Departamental en el lugar que se le designe.
2) Que por la citada Resolución se dispuso a partir del día 10 de marzo de 2022, el traslado del Fiscal Letrado Adscripto Dr. José Ignacio Arias Martinotti de la Fiscalía Departamental de Ciudad de la Costa 3° turno a la Fiscalía a la Fiscalía Departamental de Rivera de 3° turno.
3) Que por Resolución N.º 205/2022, se dispuso encargar al Dr Arias en la titularidad de la Fiscalía Departamental de Rivera de 3º turno a partir del día 14 de marzo de 2022 y hasta el dictado de nueva Resolución.
4) Que por Resolución N.º283/2022 de fecha 5 de abril de 2022 se dejó sin efecto la encargatura dispuesta por la Resolución anteriormente citada.
5) Que el referido funcionario fundó su petición en razones de salud y manifestó encontrarse realizando tratamientos médicos de forma semanal en la ciudad de Montevideo, lo que le significan una importante erogación en su economía familiar.
6) Que a folios 5 a 9 luce agregado informe del Departamento Jurídico Notarial quien sugirió no hacer lugar a lo solicitado por el Dr. Arias en cuanto a mantener en reserva su derecho al ascenso, por no identificarse agravio alguno a tal derecho. Asimismo, en cuanto a la solicitud de traslado horizontal, entiende el referido Departamento que no corresponde pronunciarse al respecto, en tanto la misma es potestad del Director General, conforme lo preceptuado por el artículo 5 literal J de la Ley N.º 19.334 y artículo 53 de la Ley N.º 19.483.
7) Que conferida vista al peticionante la misma surge evacuada a folios 24 a 27.
8) Que sin perjuicio de lo expuesto, con fecha 27 de setiembre de 2022 – folio 43 - se presenta el peticionante con escrito desistiendo la petición incoada, solicitando se lo mantenga en el cargo de Fiscal Letrado Adscripto y renunciando en definitiva al derecho al ascenso.
Considerando: 1) Que el Departamento Jurídico Notarial se expide informando que atento a que el Dr. Arias desiste de su petición y renuncia al derecho de ascenso; corresponde salvo mejor opinión del Jerarca, el archivo de las presentes actuaciones en tanto ha quedado sin objeto la petición planteada en autos.
2) Que conforme a lo precedentemente expuesto y a lo sugerido por el referido Departamento corresponde desestimar la petición incoada por el Fiscal Letrado Dr. Ignacio Arias.
Atento: al artículo 30 de la Constitución de la República, a lo informado por el Departamento Jurídico Notarial, a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 5 de la ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b) y 59 de la ley N.o 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y a lo dispuesto por el artículo 75 del Decreto 500/991;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) No hacer lugar a lo peticionado por el Dr. Ignacio Arias por los fundamentos expuestos.
2º) Notificar al interesado.
3º) Pasar a Gestión Documental a los efectos de notificar lo dispuesto. Cumplido, archivese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)