Resolución N° 893/022 Dirección General (s)
Visto: la Resolución N.º 656/2022.
Resultando: Que en oportunidad de fundar el Atento de la referida Resolución se consignó “a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2 y artículo 5 literal g) de la Ley N.o 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículos 21 literal c) y 23 literal b) de Ley N° 19.483 de fecha 5 de enero de 2017”, cuando debió haberse consignado: “ a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2 y artículo 5 literal g) de la Ley N.o 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículos 21 literal c), 23 literal b) y 59 de Ley N° 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y Resolución N.º 034/017 de fecha 1º de febrero de 2017”.
Considerando: que procede efectuar la modificación correspondiente;
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº19.334 de 14 de agosto de 2015, al artículo 23 literal b) y 59 de la Ley N° 19.483 de fecha 05 de enero de 2017;
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Modifícase únicamente el Atento de la Resolución N.º 656/2022 de fecha 3 de agosto de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Atento a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 2 y artículo 5 literal g) de la Ley N.o 19.334 de fecha 14 de agosto de 2015; artículos 21 literal c), 23 literal b) y 59 de Ley N° 19.483 de fecha 5 de enero de 2017 y Resolución N.º 034/017 de fecha 1º de febrero de 2017”.
2°) Notificar a la Dra. Cecilia Saavedra.
3°) Comunicar a Fiscalía Adjunta de Corte, a Gestión Humana, Liquidación de Haberes, y Financiero Contable.
4°) Pasar a Gestión Documental para el cumplimiento de la notificación y comunicaciones dispuestas.
5°) Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)