Resolución N° 899/022 Dirección General (s)
Visto: La solicitud de traslado formulado por la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno, Dra. Maite Arrieta.
Resultando: 1) Que por la misma solicita se disponga su traslado a una de las Fiscalías Departamentales de Canelones, Florida, Lavalleja, Maldonado, San Carlos, San José, Colonia o de Montevideo, especializada en Violencia Doméstica o de índole sexual.
2) Que motiva la presente circunstancias de índole personal y familiar.
Considerando: 1) Que por Resolución N.º 321/2020 de 8 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos a seguirse al momento de asignar o trasladar a los fiscales de la Institución.
2) Que con fecha 8 de febrero de 2022, la solicitante prestó juramento al cargo de Fiscal Letrada Adscripta, desempeñandose en la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º desde esa fecha.
3) Que de lo que viene de decirse, la Doctora Arrieta no cumple con los criterios objetivos expresados en la Resolución mencionada, en especial, el criterio de permanencia por un tiempo suficiente en el territorio en el cual cumplen funciones.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los artículos 2 y 5 de la Ley Nº 19.334 de 14 de agosto de 2015; artículos 21 literal C y 23 literal B de la Ley N° 19.483 de 5 de enero de 2017 y Resolución N° 321/2020 de 8 de julio de 2020.
El Director General (s) de la Fiscalía General de la Nación
Resuelve:
1º) Tener presente la solicitud de traslado de la Fiscal Letrada Adscripta de la Fiscalía Departamental de Tacuarembó de 1º turno, Dra. Maite Arrieta.
2º) Tener presente que la solicitud de traslado de la Dra. Arrieta no cumple con las pautas dispuestas en la Resolución N.º 321/2020 de 8 de julio de 2020.
3º) Notificar la presente a la gestionante.
4º) Pasar a Gestión Documental a efectos de proceder a la notificación dispuesta. Cumplido, archívese.
Dr. Juan Gómez
Director General (s)