Resolución N° 945/021 Dirección General (s)

Traslados.-

Resolución Nº 945 /2021.

VISTO : la conveniencia de ajustar el régimen de trabajo de las Fiscalías a las necesidades de funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación.

RESULTANDO : 1) Que por Resolución N.o 668 /2021 de 17 de setiembre de 2021 se transformó la Fiscalía Penal de Montevideo de 2o turno y se instaló la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8o turno.

2) Que por Resolución N.o 674/2021 de 17 de setiembre de 2021 se dispuso el traslado de la Dra. Ana Claudia Lema de la Fiscalía Departamental de Pando 1° turno a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8° turno.

CONSIDERANDO : 1) Que desde la instalación de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8° turno, el equipo fiscal que integra la misma cuenta únicamente con un fiscal titular y un fiscal Adscripto.

2) Que a efectos de reorganizar el servicio y evitar su resentimiento, resulta necesario proceder a realizar una adecuada distribución de los recursos humanos en distintas sedes fiscales, disponiendo los traslados correspondientes.

3) Que está dentro de las potestades que el artículo 5 literal J) de la ley N.o 19.334 le asigna al proveyente, el disponer el traslado de los Fiscales a sedes de similar categoría.

4) Que por Resolución N.o 321/2020 de 10 de julio de 2020 se establecieron los criterios objetivos al momento de asignar fiscales a las distintas unidades dentro del territorio nacional.

5) Que uno de los indicadores a tener presente dentro del perfil del funcionario y que se encuentra recogido en el acto administrativo precitado refiere a la experiencia del funcionario por antigüedad en la carrera y en el cargo.

6) Que la Dra. Buzó cumple con la antigüedad y experiencia en el cargo para proceder a su traslado, además de su experiencia en la materia a la cual será asignada.

7) Que el traslado que se dispone en este acto, constituye un mero movimiento horizontal, con análoga función e igual grado de jerarquía, por lo que, el mismo no lesiona derechos adquiridos de otros Fiscales.

ATENTO : a lo expuesto, y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución de la República, artículo 5 literales g) y j) de la ley No 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b) y 53 de la ley N.o 19.483 de fecha 5 de enero de 2017, Resolución N.o 242/2020 de 19 de mayo de 2020 y Resolución N.o 321/2020 de 10 de julio 2020;

EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE

1°) DISPONER , a partir del 1° de diciembre de 2021, el traslado de la Sra. Fiscal Letrada Adscripta, Dra. Silvia Beatriz BUZÓ del PUERTO , de la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 15° turno a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8° turno.

2°) NOTIFICAR a la Dra. Silvia Buzó.

3°) COMUNICAR a la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia y Turno de 15° turno y a la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia doméstica y Violencia basada en Género de 8° turno.

4°) COMUNICAR a la Fiscalía Adjunta de Corte, a Secretaría General, a la Unidad de Litigación Estratégica, a la Unidad de Víctimas y Testigos, al Área a Soporte IT, al Departamento de Comunicación, al Departamento de Cooperación Internacional, al Departamento de Políticas Públicas, al Centro de Formación, al Departamento de Depuración, Priorización y Asignación, al Departamento de Gestión Humana, y a Sippau.

5°) PASAR a Gestión Documental a efectos de proceder a las notificaciones y comunicaciones dispuestas.
Cumplido , archívese.

 

Dr.Juan Gómez
Director General (s)

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