Resolución N° 95/021 Secretaría General.-

Observaciones.-

Resolución Nº. 095/2021.

VISTO: la observación No 15/2021 de fecha 21 de junio de 2021, formulada por la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas.

RESULTANDO: Que por la misma se observa el pago del servicio de limpieza contratado para las sedes de las Fiscalías Departamentales de Maldonado, San Carlos, Treinta y Tres, Atlántida, Ciudad de la Costa, Las Piedras, Tacuarembó, y Canelones, por el periodo comprendido entre el 01 y el 12 de marzo de 2021, por incumplimiento del artículo 33 del TOCAF.

CONSIDERANDO: 1) Que mientras se tramitaba el procedimiento de Licitación Pública 2/2020 para la contratación del servicio referido, se debió continuar con los proveedores que se encontraban prestando el servicio, mediante una contratación directa por el periodo comprendido entre el 01 y el 12 de marzo del corriente, en virtud de que la higiene no admite interrupción en su prestación, más aún en el actual contexto de pandemia por el covid-19.

2) Que por Resolución No 037/2021 de 04 de marzo del corriente, se adjudicó la Licitación mencionada, comenzando a prestar servicios las empresas contratadas el 15 de marzo del corriente, por lo que se reiterará el pago observado.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 211 literal B) de la Constitución de la República y artículo 114 del TOCAF (Decreto No 150/012 de 11 de mayo de 2012);

                                                 LA SECRETARIA GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

                                                                                                   RESUELVE:

1º) REITERAR el pago del servicio de limpieza de las sedes de las Fiscalías Departamentales de Maldonado, San Carlos, Treinta y Tres, Atlántida, Ciudad de la Costa, Las Piedras, Tacuarembó y Canelones, por el periodo comprendido entre el 01 y el 12 de marzo de 2021, dispuesto por obligaciones 137/1/1, 137/2/1, 137/3/1, 137/4/1, 137/5/1, 137/6/1, 137/7/1, 137/8/1, lote 128, por un monto de $ 66.010 (pesos uruguayos sesenta y seis mil diez).

2º) PASAR a la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República a sus efectos.

 

 

Cra. Alejandra Méndez

Secretaría General

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